martes, abril 30, 2024

La manada de Chubut: el juez consideró inadmisible bajar la imputación de un abuso sexual

El juez penal de Chubut Marcelo Nieto Di Biase rechazó este martes el acuerdo de juicio abreviado por el abuso sexual en grupo de una chica de 16 años. El fiscal de Rawson Fernando Rivarola propuso una pena leve, que dejaba a los tres imputados en libertad, y describió el delito como un “desahogo sexual” sin consentimiento, figura que provocó el repudio masivo y el pedido de su juicio político.

 

El magistrado consideró “inadmisible bajar la imputación de un abuso sexual cuando esto no está contemplado por la ley”. En su fallo, pidió cambiar la calificación a “abuso sexual gravemente ultrajante con la participación de dos o más personas”, que contempla una pena mínima de ocho años y una máxima de 20.

 

Di Biase habló de una justicia para gente de dinero y otra para el resto. Según trascendió, los involucrados en el ataque pertenecen a familias poderosas de Puerto Madryn. Dos de ellos fueron sobreseídos porque en el momento de la agresión sexual eran menores. Un sexto hombre, declaró como arrepentido.

 

“En la audiencia, se me hace saber una circunstancia que yo no puedo obviar y que fue que hubo un acuerdo privado entre los imputados y la víctima. No me hicieron saber en qué consistía porque hay un pacto de confidencialidad”, detalló Nieto Di Biase.

 

El magistrado aseguró que sintió esa situación como un agravio personal. “Me estaban diciendo ‘usted no cumpla con su función'”, reflexionó.

 

Ese fue el motivo que lo llevó a escribir en su resolución que le resultaba “repugnante que haya una justicia dependiendo de la capacidad económica de los imputados”. Y argumentó: “Tenemos justicia para ricos y justicia para pobres lo cual viola la Constitución Nacional, que dice que todos somos iguales ante la ley”.

 

Resaltó que, pese a lo que le informó la fiscalía, la víctima merece todo el respeto porque sufrió un abuso sexual. “Consideré que ese consentimiento, por más que me lo quieran hacer saber, no es válido porque es parte de un acuerdo privado”, señaló.

 

Y advirtió: “No está dentro de las cualidades discrecionales del Ministerio Público Fiscal. Porque nuestro código permite que haya unas discreciones en delitos menores en los que se pueda llegar a un arreglo económico, pero con el abuso sexual no”.

 

Nieto Di Biase dijo que ya le adelantaron que van a impugnar su resolución y que podría ser revocada. Sin embargo, volvió a resaltar: “No puedo entender que el acuerdo pueda ser convalidado”.

 

En base a las circunstancias que tuvo en cuenta para rechazar el pedido de juicio abreviado, Nieto Di Biase enumeró: “Primero, considero que por los propios hechos relatados por la fiscalía la calificación debe ser otra. En este caso, considero el ‘abuso sexual gravemente ultrajante con la participación de dos o más personas’, con una pena mínima de ocho años y una máxima de 20”.

 

El magistrado prefirió no referirse a la figura de “desahogo sexual” utilizada por Rivarola. Dijo que “deberá analizarse en otro ámbito” y que “le tendrían que preguntar al fiscal qué quiso poner con respecto a eso”.

 

Fuente: TN

Artículos relacionados

Más Información