martes, abril 30, 2024

Se reglamentó la ley para poder generar electricidad en casa e inyectarla a la red

Finalmente, a casi un año de ser sancionada, el Gobierno aprobó la reglamentación de la Ley N° 27.424 sobre el Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública.

 

La medida, publicada este viernes en el Boletín Oficial por el Decreto 986/2018, fija las políticas y establecer las condiciones jurídicas y contractuales para generar energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución para su autoconsumo, con eventual inyección de excedentes a la red. Según un relevamiento de ambito.com, un equipo de generación de tamaño mediano cuesta entre u$s 5.000 y u$s 6.000.

 

Establece además la obligación de los prestadores del servicio público de distribución de facilitar dicha inyección, asegurando el libre acceso a la red de distribución. Para que esté vigente en todo el país, las provincias deberán adherir a la ley. Además, resta aún definir ciertas especificiaciones legales y comerciales, que se conocerán en los próximos días.

 

Según el texto, “de acuerdo con el planeamiento energético estratégico, es necesaria una mayor diversificación de la matriz energética nacional y la mejora de las condiciones para la seguridad del abastecimiento de energía eléctrica”.

 

Entre las prioridades, menciona:

 

  • la promoción del uso eficiente de la energía eléctrica.

 

  • la reducción de pérdidas en el sistema interconectado.

 

  • la reducción de los costos de generación de energía.

 

  • la protección ambiental.

 

El decreto contempla políticas de promoción y fortalecimiento de la industria nacional de sistemas, equipos e insumos para generación distribuida de energía a partir de fuentes renovables.

 

Y designa como Autoridad de Aplicación de la ley y su modificatoria a la Secretaría de Energía, con dependencia del Ministerio de Hacienda, “quedando facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias”.

 

Los pasos básicos para la instalación del equipo, serán:

 

1) Análisis de viabilidad de conexión en función de la red de distribución y sus características.

2) Verificación de la instalación realizada.

 

3) Celebración del Contrato de Generación Eléctrica Distribuida, que vinculará a los distribuidores con los usuarios-generadores.

 

4) Instalación de Equipo de Medición bidireccional y conexión a la red de distribución.

 

El distribuidor comprará, reconocerá y, en caso de corresponder, abonará al usuario-generador toda la energía que éste inyecte a la red de distribución generada a partir de fuentes renovables.

 

Según consta, “para aquellos usuarios-generadores cuyo servicio contratado con el distribuidor discrimine el precio de la energía dentro de su esquema tarifario en segmentos horarios, la inyección de energía eléctrica referida en el párrafo precedente les será reconocida y abonada al precio de cada banda horaria según corresponda”.

 

La compensación será valorizada en pesos y deberá realizarse en la factura correspondiente al período en el cual se realizó la inyección.

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