El secretario de Estado estadounidense, Marco Rubio, le prohibió el ingreso a Estados Unidos a la expresidenta y al exministro Julio De Vido. Alega que participaron de “importantes casos de corrupción”.
Según el comunicado firmado por el secretario de Estado, Marco A. Rubio, ambos exfuncionarios “abusaron de sus cargos al orquestar y beneficiarse económicamente de múltiples esquemas de soborno relacionados con contratos de obras públicas, lo que resultó en el robo de millones de dólares del gobierno argentino”.
La medida, que también afecta a los familiares inmediatos de Kirchner y De Vido, se enmarca en la Sección 7031(c) de la Ley de Asignaciones del Departamento de Estado, que habilita la prohibición de ingreso a EE.UU. de funcionarios extranjeros sobre los que existan pruebas creíbles de corrupción significativa o violaciones graves de derechos humanos.
“Estados Unidos continuará promoviendo la rendición de cuentas para aquellos que abusan del poder público para beneficio personal”, señaló Rubio, y agregó que la medida “reafirma nuestro compromiso de combatir la corrupción global, incluso en los niveles más altos del gobierno”.
La decisión de la Casa Blanca se produce luego de que ambos exfuncionarios fueran condenados en distintos tribunales argentinos por delitos vinculados a la corrupción en la obra pública.
Qué significa “designó” para el Departamento de Estado de Estados Unidos
En el contexto del Departamento de Estado de Estados Unidos, el término “designó” (en inglés, designated) significa que una persona fue oficialmente identificada y sancionada por ese organismo por su participación en actos de corrupción significativa o violaciones graves a los derechos humanos.
Cuando el Departamento de Estado designa a alguien bajo la Sección 7031(c) de la Ley de Asignaciones (Department of State, Foreign Operations, and Related Programs Appropriations Act), esa persona:
-No puede ingresar a Estados Unidos.
-Queda señalada públicamente como implicada en corrupción u otros delitos graves.
-Sus familiares inmediatos (cónyuge e hijos) también pueden ser prohibidos de ingresar a EE.UU.
Este tipo de sanción no requiere una condena judicial en su país de origen; se basa en información y evidencia que el Departamento de Estado considera suficiente para tomar la medida.