El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3 resolvió suspender de forma provisional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 430/2025, que eliminaba el Día del Trabajador Estatal como jornada no laborable para los empleados públicos nacionales.
De esta manera, el feriado del 27 de junio, fecha en la que se conmemora el Día del Trabajador del Estado, seguirá vigente al menos hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el tema.
La jueza Mora Fullana consideró válida la acción de amparo presentada y otorgó la medida cautelar, lo que implica que el artículo 2° del DNU queda suspendido provisionalmente. En su resolución, también declaró la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para intervenir en el caso.
El decreto, que había sido publicado por el Ejecutivo en el Boletín Oficial, señalaba que no resultaba adecuado que la administración pública se tomara el día no laborable mientras el resto de la sociedad desarrollaba sus tareas con normalidad. Sin embargo, la aplicación de esa disposición quedó momentáneamente frenada por decisión judicial.