El presidente Javier Milei firmó y envió al Senado el proyecto de Reforma Laboral tras su regreso de Oslo. La iniciativa ingresó esta mañana y su debate en comisión comenzaría la próxima semana, aunque desde el bloque oficialista se busca acelerar el tratamiento.
Vacaciones
La propuesta reorganiza el régimen de licencias anuales con mayor flexibilidad. Establece que las vacaciones deben otorgarse entre octubre y abril, salvo acuerdo distinto entre las partes. Permite fraccionarlas en períodos no menores a siete días, garantiza al menos un período en verano cada tres años y obliga a reprogramar los días pendientes si la licencia se interrumpe por enfermedad.
Despidos
El proyecto redefine la indemnización por despido sin causa, que será de un mes de sueldo por año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración habitual y con topes por convenio. Habilita la creación de fondos de cese laboral para cubrir estas compensaciones y confirma que la indemnización será la única reparación posible, excluyendo reclamos civiles adicionales. Mantiene los regímenes especiales por enfermedad, accidente o fallecimiento y actualiza normas de preaviso.
Remuneraciones
El texto amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos, consolidando beneficios sociales como no alcanzados por aportes ni contribuciones. Autoriza la creación de componentes salariales fijos o variables que no generan derechos adquiridos ni ultraactividad. Exige que los salarios se paguen por vías bancarias o electrónicas y moderniza el régimen de recibos y deducciones.
Ultraactividad y formalización laboral
La reforma limita la ultraactividad para los nuevos componentes variables y simplifica la registración laboral mediante un registro único ante ARCA, fortaleciendo la presunción a favor del trabajador cuando exista omisión. Impulsa la digitalización de recibos y mecanismos tecnológicos de trazabilidad.
Convenios colectivos
Se restringe la aplicación de los convenios a su ámbito directo, evitando extensiones analógicas. Se reconoce la facultad de los CCT para fijar topes de empleo part-time, definir cálculos de jornada por promedios, negociar remuneraciones variables y reemplazar el esquema indemnizatorio tradicional por fondos sectoriales de cese laboral.
Procedimientos judiciales
El proyecto actualiza la forma de calcular créditos laborales, ajustándolos por IPC más 3% anual y prohibiendo intereses sobre intereses salvo posterior a la sentencia. Para causas en curso se adopta el criterio de interés del BCRA con límites para evitar desequilibrios. Se establece que los pagos se realicen en la cuenta sueldo y se limitan los honorarios y pactos de cuota litis. Los jueces deberán informar a ARCA cuando detecten empleo no registrado.
Prácticas sindicales
La iniciativa regula el alcance de la tutela sindical al impedir que trabajadores eventuales ocupen cargos protegidos. Reduce las deducciones automáticas a favor de sindicatos sólo a los casos previstos en leyes, estatutos o convenios firmados por la empresa; en el resto se requiere consentimiento del trabajador. Además, los acuerdos conciliatorios o liberatorios deberán contar con intervención judicial o administrativa para ser válidos.
