Con una inflación del 2,8% registrada en diciembre, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá actualizar las escalas y parámetros del monotributo y del Impuesto a las Ganancias para trabajadores independientes y empleados en relación de dependencia alcanzados por la cuarta categoría.
Si bien los datos oficiales se conocieron en los últimos días, se prevé que las nuevas tablas sean publicadas antes de que finalice la semana. En el caso del monotributo, las cuotas actualizadas comenzarán a regir desde el 1º de febrero, mientras que las nuevas escalas del Impuesto a las Ganancias tendrán vigencia retroactiva al 1º de enero. En aquellos casos en los que ya se hayan liquidado los salarios de diciembre, las empresas deberán compensar en los próximos pagos las retenciones realizadas en exceso.
Monotributo: nuevas categorías y montos
Con la actualización, los topes de facturación anual del régimen simplificado pasarán a ubicarse entre los $10,2 millones y los $108,3 millones. En cuanto a las cuotas mensuales, irán desde los $42.368 hasta cerca de $1,3 millones para actividades de servicios y alquileres, mientras que para la venta de cosas muebles el monto máximo será de aproximadamente $600.614.
Al respecto, el socio de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, indicó que una vez publicadas las tablas por ARCA, los monotributistas podrán recategorizarse teniendo en cuenta la información de los últimos 12 meses. Además, remarcó que el contribuyente deberá evaluar todos los parámetros del régimen y no solo la facturación, y que el plazo para realizar la recategorización se extenderá hasta el 5 de febrero. Hasta entonces, se continuará pagando con los valores vigentes, y los nuevos importes se aplicarán a partir de febrero.
Ganancias: desde qué salarios se empieza a pagar
Para los empleados en relación de dependencia, la actualización modificará los montos a partir de los cuales las empresas deben practicar la retención del Impuesto a las Ganancias. Las nuevas escalas regirán durante la primera mitad de 2026.
Según los valores actualizados, los trabajadores solteros comenzarán a tributar a partir de un salario de bolsillo de $2.488.922. En el caso de quienes tengan un hijo, el mínimo se ubicará en $2.692.757; con dos hijos, en $2.896.573; y para un empleado casado con dos hijos, el umbral será de $3.300.726.
Domínguez aclaró que, aunque las nuevas tablas rigen desde el 1º de enero, hasta que las empresas actualicen sus sistemas de liquidación podrían continuar aplicando las escalas del año anterior. En esos casos, una vez ajustados los cálculos, se deberá reintegrar o compensar lo retenido de más en los pagos siguientes.
