La Cámara de Diputados aprobó este miércoles el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que contempla desalojos más rápidos, modificaciones al régimen de expropiaciones y la restitución de la Ley de Tierras, que limita al 15% la propiedad de tierras rurales en manos extranjeras. Como el texto sufrió cambios respecto de la versión aprobada anteriormente, deberá regresar al Senado para su sanción definitiva.
La iniciativa impulsada por el Gobierno nacional obtuvo 124 votos a favor, 119 en contra y 6 abstenciones, en una votación ajustada. Sin embargo, el capítulo que restablece la Ley 26.737, sancionada en 2011, consiguió un respaldo mucho más amplio, con 239 votos afirmativos, 4 negativos y 6 abstenciones. La modificación representa un cambio respecto de la propuesta original del oficialismo, que buscaba eliminar las restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.
El tratamiento estuvo marcado por las diferencias entre el Gobierno y la oposición sobre la vigencia de la Ley de Tierras. La administración de Javier Milei había intentado derogarla mediante el DNU 70/2023 y posteriormente a través del proyecto elaborado por el ministro Federico Sturzenegger. Sin embargo, tras los cuestionamientos políticos, las movilizaciones y distintas resoluciones judiciales, el oficialismo terminó incorporando su restitución al texto aprobado en Diputados.
Durante el debate, legisladores opositores cuestionaron el cambio de postura de La Libertad Avanza. Desde Unión por la Patria, Diego Giuliano recordó que el oficialismo terminó respaldando una norma sancionada durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Por su parte, Maximiliano Ferraro, de la Coalición Cívica, señaló que el proyecto original perdió varios de sus capítulos durante el tratamiento legislativo, entre ellos los vinculados con tierras rurales, integración sociourbana y manejo del fuego.
Uno de los principales cambios que mantiene la iniciativa es la implementación de procedimientos de desalojo más rápidos. En casos de ocupación ilegítima, un juez podrá ordenar la restitución del inmueble antes de que concluya el juicio y establecer un plazo de 72 horas para su devolución, siempre que el propietario acredite documentalmente la titularidad. Para situaciones de falta de pago del alquiler, la intimación deberá contemplar un plazo mínimo de diez días. Además, cuando existan personas en situación de vulnerabilidad, se deberá dar intervención a los organismos competentes.
En materia de expropiaciones, el proyecto establece mayores exigencias para que el Estado pueda disponer de bienes privados. La medida deberá justificarse como necesaria, proporcional y adecuada para cumplir una finalidad de utilidad pública. También se dispone que el inmueble no podrá ser ocupado hasta que se abone la totalidad de la indemnización, actualizada por inflación, y se contempla el reconocimiento del lucro cesante cuando corresponda. Con estas modificaciones, el proyecto deberá volver al Senado, que tendrá que pronunciarse sobre los cambios introducidos por Diputados antes de que pueda convertirse en ley.
