Se analizarán los bienes, declaraciones de impuestos y el patrimonio de cada postulante.
Hoy el Gobierno decretó que quienes quieran ser designados jueces deberán pasar un examen de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Se realizará un exhaustivo análisis patrimonial y de consistencia de sus declaraciones juradas, cuentas e inversiones.
El decreto que lleva la firma del presidente Mauricio Macri y del ministro de Justicia, modificó otros dos anteriores (el 588 y el 222), en los que ya estaba previsto un informe de la AFIP.
Ahora esa tarea, al análisis sobre si registran o no deudas fiscales, se sumará un informe más exhaustivo sobre el patrimonio y de consistencia de sus declaraciones juradas.
El postulante al cargo de juez deberá prestar conformidad para que la AFIP, elabore el informe, el que será de carácter reservado y sólo podrá ser utilizado a los efectos de la consideración de los antecedentes por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos podrá realizar consultas a organismos especializados con motivo de la información contenida en las declaraciones juradas y lo informado por la AFIP.
El Ministro de Justicia y Derechos Humanos tendrá a su cargo, en el ámbito de su competencia, la protección de la reserva de las declaraciones juradas presentadas por el candidato y de la totalidad de la información patrimonial a la que refiere este artículo.
La información aportada por la AFIP, con consentimiento del interesado, continuará amparada por el secreto fiscal en poder de las distintas dependencias que intervengan, las que quedarán obligadas a su preservación.
Además deberán adjuntar una declaración jurada en la que incluirán la nómina de las asociaciones civiles y sociedades comerciales que integren o hayan integrado en los últimos 8 años, los estudios de abogados a los que pertenecieron o pertenecen, la nómina de clientes o contratistas de por lo menos los últimos 8 años, en el marco de lo permitido por las normas de ética profesional vigentes y en general.
Cualquier tipo de compromiso que pueda afectar la imparcialidad de su criterio por actividades propias, actividades de su cónyuge, su conviviente, de sus ascendientes y de sus descendientes en primer grado, con la finalidad de permitir la evaluación objetiva de la existencia de incompatibilidades o conflictos de intereses.