Desde el Concejo Deliberante de Posadas emitieron un comunicado con el objetivo de recordar la importancia de contar con la documentación necesaria al momento de circular por las calles de la ciudad.
Es obligatorio llevar la licencia de conducir acorde al vehículo; cédula de identificación del auto o moto; comprobante de seguro vigente (póliza o constancia, no solo el pago del mes).
Además, es indispensable contar con la Verificación Técnica Vehicular (VTV) o la Verificación Técnica de Motos (VTM), al igual que los otros papeles, hoy en día puede exhibirse de forma digital. El Documento Nacional de Identidad (DNI) del conductor también es un requisito obligatorio.
La Ordenanza XVI – Nº 112 establece la documentación exigible y determina que su incumplimiento se considera como falta grave. A continuación se detallan algunas de ellas:
- Adulterar las documentaciones exigibles para la circulación.
- Negarse a exhibir la documentación del vehículo o la licencia habilitante.
- Conducir sin la cédula de identificación del vehículo y sin la póliza de seguro obligatorio vigente, sea este último en formato físico o digital.
Asimismo, se consideran faltas graves:
- Circular sin luces encendidas o con luces antirreglamentarias. La falta total o parcial de cualquiera de los dispositivos correspondientes a faros o con deficiencias en su funcionamiento.
- Circular sin extintor de incendio o que el mismo esté con carga vencida.
- Circular transportando combustible de manera antirreglamentaria en recipientes o envases no autorizados para tal fin.
- Circular con vehículos que posean defensas delanteras o traseras, enganches sobresalientes, o cualquier otro elemento que, excediendo los límites de los paragolpes o laterales de la carrocería, pueden ser potencialmente peligrosos para el resto de los usuarios de la vía pública.
- Circular a velocidad inferior a la correspondiente a su carril.
- Circular con vehículos de transporte de pasajeros o de carga, sin contar con la habilitación extendida por autoridad competente, o que teniéndolo no cumplir con lo allí exigido.
- Circular con menores de 10 años en el asiento delantero del vehículo.
- Circular con menores de 4 años a bordo sin el correspondiente uso del sistema de retención infantil.
- Circular con menores de 12 años de edad a bordo de ciclomotores, motocicletas, motos, zootropos o similares.
Además de la documentación, existen elementos obligatorios que deben estar en cada vehículo. Es imprescindible contar con un matafuego vigente, sujeto al alcance del conductor, y dos balizas triangulares. Se sugiere llevar un botiquín de primeros auxilios, una rueda de auxilio, una llave para aflojar ruedas y un gato hidráulico.
Los motociclistas también deben cumplir con los mismos requisitos que los automovilistas: licencia de conducir al día, DNI del conductor, cédula de identificación del motovehículo; comprobante de seguro vigente (póliza o constancia, no solo el pago del mes). Al igual que los automovilistas, deben tener la VTM vigente y respetar la cantidad máxima de pasajeros permitida: dos personas por moto.El uso de casco homologado es obligatorio tanto para el conductor como para el acompañante.
Además, se aconseja que los conductores dispongan de la documentación física porque los municipios son entes autárquicos, y no todos se encuentran adheridos a las leyes nacionales, como también la falta de señal en algunos lugares dificulta el acceso a estos comprobantes electrónicos.
Portar estos documentos al transitar por las calles de la ciudad evita multas, demoras innecesarias, cómo también contribuye a que el viaje sea ordenado y seguro.



