viernes, febrero 28, 2025

El Gobierno reformó la regulación de los derechos de autor

Tras la disposición que permite a los titulares registrar sus derechos de autor a través de una sociedad de gestión colectiva o de forma individual, el Gobierno ha aprobado nuevas modificaciones en el régimen de derechos de autor.

Los cambios que se verán reflejados en el artículo 32 del Decreto N° 41.223, escrito que reglamenta la Ley N° 11.723 de Propiedad Intelectual, fueron oficializados en el Decreto 138/2025. Con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, el documento fue publicado en el Boletín Oficial esta madrugada.

“El objetivo es eliminar monopolios y habilitar acuerdos particulares, estableciendo reglas de transparencia”, señaló Federico Sturzenegger tras la difusión de la noticia. “De ahora en más, quien genere un hecho artístico será el beneficiario directo de esa obra, sin intermediarios”, resumió el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado.

Antes, los autores solo podían ser representados por sociedades de gestión colectiva.
Con el cambio, los titulares de derechos ahora pueden optar por administrar sus derechos de forma individual o asociarse a una o más sociedades de gestión colectiva.

“La representación de un determinado derecho de autor o conexo puede ser llevada adelante en forma simultánea por más de UNA (1) sociedad de gestión colectiva”, indicaron en el artículo 1° del escrito, a la vez que sentenciaron que “en ningún caso se podrá limitar la facultad de los titulares de derechos de administrar sus obras de forma individual”.

Según el decreto, las sociedades de gestión colectiva pasarán a constituirse como asociaciones civiles y necesitarán de una autorización de la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA), dependiente del Ministerio de Justicia, para poder funcionar como tal. Asimismo, estas entidades no podrán realizar actividades políticas o religiosas y estarán sujetas a fiscalización estatal.

Otra de las claves detrás de la actualización del régimen de derechos de autor consiste en la inhabilitación que pesará sobre las sociedades de gestión colectiva, en los casos en que los titulares eligieran registrar sus obras a través de la modalidad individual.

“Los representados podrán hacer acuerdos particulares, debiendo comunicar dicha circunstancia en forma fehaciente a la sociedad de gestión colectiva a la que hayan otorgado consentimiento para que gestione sus derechos, sin que esta última pueda oponerse a dichos acuerdos”, aclararon en el artículo 4 del decreto.

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