La Legislatura declaró este jueves de interés provincial la campaña de difusión iniciada por el Colegio de Abogados de Misiones para informar a los ciudadanos de que "nadie tiene derecho a imponerle un abogado”, con la que busca desterrar las conductas antiéticas de quienes recurren a los más bajos ardides para procurarse clientela, personajes conocidos en el lenguaje cotidiano como “caranchos” o “cuervos”.
El proyecto fue impulsado por el diputado del PAyS Isaac Lenguaza, abogado y expresidente de la institución. Estuvo presente en el recinto la actual Comisión Directiva del Colegio de Abogados, encabezada por su presidente, Ernesto Baez; el vicepresidente Hugo Zapana y demás miembros.
Hace un mes el Colegio retomó la campaña que se realiza en toda la provincia a través de cartelería y otros medios de difusión, en cada sede de esta institución, en Comisarías, Hospitales, Servicios de Emergencia, otros organismos públicos o privados, y en todas las dependencias del Poder Judicial ubicadas en las distintas localidades.
La importancia de esta campaña no es menor: busca crear consciencia para que a ningún ciudadano se le impongan los servicios de determinados profesionales, servicios que a veces son ofertados por métodos inescrupulosos y en las peores circunstancias que puede atravesar una persona, que es cuando un ser querido sufre un accidente, resulta lesionado, deja de existir o tiene un conflicto con las leyes.
Autodepuración y compromiso social
Según el proyecto de Declaración de Interés provincial, la campaña del Colegio de Abogados también responde al cumplimiento de las funciones que le atañen a la institución según el Art. 13 de su Ley de Creación, que señala en su inciso i) “sancionar las faltas que cometieran los abogados en el ejercicio de la profesión. Esta función estará a cargo del Tribunal de Disciplina quien instruirá el pertinente sumario, garantizándose el derecho de defensa y la apelación; todo ello sin perjuicio de las facultades disciplinarias y penales que tienen los tribunales y jueces por imperio de leyes generales y especiales”; y j) “fiscalizar la correcta actuación de los colegiados en el ejercicio de la profesión y llevar el legajo personal de actuación y antecedentes de los mismos”; así como el Art. 16 del Código de Ética Profesional que ordena que “el abogado no debe procurarse clientela por medios incompatibles con la dignidad profesional ni recurrir directamente o por terceras personas o intermediarios remunerados para obtener asuntos”.