La aprobación de la Ley de Inocencia Fiscal en el Senado introdujo una actualización profunda del régimen de multas automáticas que aplica la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) por incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas, tanto para personas físicas como jurídicas.
La norma ajusta sanciones que habían quedado totalmente desfasadas por la inflación y dispone incrementos superiores al 100.000%. En concreto, la multa prevista en el artículo 38 pasa de $200 a $220.000 para personas humanas, y de $400 a $440.000 para personas jurídicas, en casos de falta de presentación en tiempo y forma.
El fuerte aumento de las penalidades encendió alertas entre tributaristas y representantes del sector pyme, que advirtieron sobre el riesgo de que un atraso administrativo derive en un costo elevado, especialmente para contribuyentes de menor tamaño.
Aclaración oficial sobre la aplicación de sanciones
Ante esas críticas, el ministro de Economía, Luis Caputo, aclaró que las multas no se aplicarán de manera automática. Según explicó, ARCA implementará un esquema de avisos previos que permitirá regularizar la situación antes de avanzar con sanciones económicas.
Tras el vencimiento del plazo para presentar la declaración jurada, el organismo enviará un recordatorio y otorgará un período adicional de entre 10 y 15 días hábiles. Solo una vez agotado ese plazo se cursará la intimación formal y, de persistir el incumplimiento, se aplicará la multa correspondiente.
Además, Caputo señaló que el organismo tendrá en cuenta la cantidad de días de demora para graduar la sanción, diferenciando atrasos puntuales de incumplimientos reiterados. El objetivo es evitar un esquema rígido que castigue de forma desproporcionada errores administrativos aislados.
Desde el Gobierno sostienen que este enfoque apunta a reforzar el cumplimiento tributario sin generar un impacto excesivo sobre el sector privado, en el marco de una estrategia orientada a mejorar la previsibilidad del sistema impositivo.
