Se trata de un producto elaborado en Tucumán que no contaba con registros ante el organismo. También se prohibieron dos marcas de aceite de oliva.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes la venta de una marca de azúcar elaborada en Tucumán por carecer de registros ante el organismo y ser catalogada como “ilegal”.
La Anmat prohibió la venta de limpiadores, desengrasantes y otros productos de limpieza
La disposición 348/2025 de la Anmat, publicada en el Boletín Oficial, prohíble la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: “Azúcar común tipo A; marca Alex Procedencia: Ing. Concepción – San Miguel de Tucumán; Fraccionado por AZÚCARES DEL OESTE S.R.L, San Juan 200, San Miguel de Tucumán” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Según se indicó, la prohibición se debe a que este producto no contaba con sanitarios de establecimiento y producto y además estaba falsamente rotulado, ya que exhibía en su envase un número de RNPA perteneciente a otro producto que no se encuentra vigente. Por estos motivos, la Anmat lo declaró “ilegal”.
Por otra parte, el organismo prohibió dos marcas de aceite de oliva:
-“Aceite de oliva extra virgen; marca: Familia Rivera; Fabricado en Aimogasta, Provincia de La Rioja; RNE N° 12000137; RNPA N° 12006280″.
-“Aceite de oliva extra virgen – clásico; marca Valle de Uco; MENDOZA – COSECHA TARDÍA; RNE 1622852; RNPA 17018343″.
De acuerdo a las disposiciones 345/2025 y 346/2025, estos productos estaban falsamente rotulados, mientras que en el caso del aceite “Valle de Uco” exhibía el símbolo “sin T.A.C.C” -que identifica los productos aptos para celíacos- sin contar con autorización para hacerlo.
Por estos motivos, la Anmat prohibió su elaboración, comercialización y promoción en todo el territorio nacional y plataformas en línea.