sábado, mayo 4, 2024

La cuarta categoría de Ganancias sufrirá un “impuestazo” tras el ajuste del salario mínimo

Se trata del denominado Cedular que reemplazó a lo que se conocía como “cuarta categoría”. El Gobierno mantuvo el mínimo no imponible que se ajusta por el Salario Mínimo Vital y Móvil. Más gente se suma a pagar una alícuota inicial del 27%.

La última medida del Gobierno sobre actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMNV) repercutirá en un aumento de presión fiscal para los salarios más altos de la economía que quedaron alcanzados por lo que se llama Impuesto Cedular, que reemplazó al lo que se conocía como “cuarta categoría” de Ganancias.

Como el incremento del SMNV comenzará a regir desde febrero, a $180.000, eso quiere decir que el de enero se mantendrá en $156.000, que es el que se toma como unidad de referencia para determinar el mínimo no imponible (MNI) del Cedular del primer semestre. Ese salario límite a partir del cual se abona se mantendrá en $2.340.000.

La cuarta categoría de Ganancias sufrirá un “impuestazo” tras el ajuste del salario mínimo

Eso quiere decir que si una persona estaba por debajo de ese piso y consiguió un incremento de sus ingresos, a partir de la primera mitad de este año deberá tributar el Impuesto Cedular que empieza con una alícuota del 27% y sube hasta el 35%. Y los que estaban alcanzados subirán de categoría y pagarán más.

“Este MNI se mantendrá inalterado hasta la próxima actualización en julio de 2024. Dejando de lado que desde el punto de vista tributario no fue razonable la reforma del impuesto a las ganancias para empleados que se realizó, la falta de actualización del MNI en línea con la inflación podría tener consecuencias significativas”, advirtió Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios.

Domínguez plantea que “con una inflación tan alta en los últimos meses, muchos empleados pronto podrían comenzar a tributar el impuesto a las ganancias”.

“Siguiendo la intención del legislador respecto a la creación del impuesto cedular, en nuestra opinión, lo razonable hubiese sido que la Ley contemplara un MNI que se actualice en forma trimestral por IPC con una cláusula gatillo que adelante la misma cuando la inflación acumulada dentro de ese período fuera igual o superior al 20%”, explicó.

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