La sentencia reconoce que las suspensiones afectaron a miles de titulares de pensiones no contributivas.
El Juzgado Federal Nº 2 de Catamarca extendió a todo el territorio nacional la medida cautelar que había dictado en septiembre de 2025, en el marco del amparo colectivo presentado por la suspensión masiva de pensiones dispuestas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis).
En ese juzgado se acumularon presentaciones de actores como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ, la Asociación Azul y particulares patrocinados por la Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos de la Universidad Nacional de La Plata.
El fallo ordena a la Andis a “que, en el plazo de veinticuatro (24 hs) desde el dictado de la presente, restablezca la totalidad de las pensiones suspendidas y/o retenidas a los titulares de las mismas, pague el importe de los haberes de pensión retenidos a la fecha, en todo el territorio nacional; y, de igual modo, hasta tanto no recaiga sentencia definitiva, se abstenga de continuar las auditorías con base en la normativa cuestionada (dec. 843/2024) y de disponer nuevas suspensiones de pensiones no contributivas por incapacidad laboral”.
La sentencia reconoce que las suspensiones afectaron de manera homogénea a miles de titulares de pensiones no contributivas por invalidez laboral y confirma que se trata de un caso colectivo, en el que las vulneraciones comparten una misma causa fáctica y normativa.
Además, el fallo designa como representantes adecuados del colectivo actor a la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (A.P.Y.Fa.Di.M.) y a la Asociación Azul, por su trayectoria y vinculación con la defensa de los derechos humanos de las personas con discapacidad.
Según el CELS, "el restablecimiento inmediato de las pensiones y la suspensión de nuevas auditorías son medidas urgentes que devuelven a miles de personas el acceso a ingresos indispensables para vivir con dignidad".