viernes, marzo 29, 2024

Monotributistas y autónomos: quiénes no podrán acceder a los préstamos con tasa cero

El monto del préstamo al 0%, según adelantaron fuentes oficiales, estará relacionado con la facturación promedio de cada categoría.

El Gobierno decidió responder a los reclamos de medidas más drásticas de ayuda a las empresas en problemas y a los empleados y trabajadores autónomos cuyos ingresos cayeron abruptamente por la cuarentena.

En un decreto cuyo texto fue filtrado a la prensa la noche del domingo, se establecen nuevas medidas, entre las que sobresalen el establecimiento de un salario complementario para todos los trabajadores en relación de dependencia de las empresas que hayan sido impactadas por el parate económico.

Además, se prevé que los pequeños contribuyentes y los trabajadores autónomos tengan acceso a líneas de crédito a tasa cero, es decir completamente subsidiadas, con garantía del Estado nacional. Estas personas habían quedado excluídas de las ayudas establecidas en los decretos anteriores, donde únicamente se había previsto asistencia para los monotributistas de las dos categorías más bajas de ingreso.

El crédito a tasa 0% para trabajadoras y trabajadores independientes (monotributistas y autónomos) se otorgará a quienes tengan «caídas sustanciales en su facturación». La idea del Ministerio de Desarrollo Productivo es instrumentarlo a través de la tarjeta de crédito.

El monto del préstamo, según adelantaron fuentes oficiales, estará relacionado con la facturación promedio de cada categoría.

«El préstamo será equivalente a un mes de facturación y se otorga por tres meses, con un máximo de $150.000 en total», explicaron y agregaron que «el préstamo preveé seis meses de gracia y se devolverá en doce cuotas, a tasa 0%. Las garantías las otorga el Estado, que también se hace cargo del costo de la tasa».

El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. Asimismo, el seguro de desempleo será de $6.000 a $10.000.

Hasta la actualidad, no había medidas vinculadas a la ayuda a estos sectores cuentapropistas por parte del Estado. Sólo estaba el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), pero se limitaba solamente a las categorías A y B del monotributo.

Restricciones

En cuanto a las restricciones que se incluirían, trascendió que no podrían acceder a estos préstamos los monotributistas que también estén en relación de dependencia. Tampoco podrán hacerlo los que cuentan con inversiones o los que no hayan tenido una caída en su facturación.

En paralelo, quienes tomen el crédito quedarían inhabilitados para poder hacer operaciones como compras de divisas ni tampoco acceder a dólares a través del mecanismo de contado con liquidación (CCL).

En tanto, aquellos que cumplan los requisitos, recibirán el monto del crédito directamente en el saldo de su tarjeta de crédito. Será por una cifra igual al 25% de la facturación anual de la categoría en la que está inscripto el monotributista, hasta un máximo de $150.000.

IP.

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