jueves, septiembre 25, 2025
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Francia: habrían hallado una vacuna para eliminar el virus del VIH

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Un estudio publicado en las últimas horas de cuenta de un hallazgo científico que permitiría eliminar directamente las células infectadas.

Un estudio publicado en las últimas horas por el Cell Metabolism revela que un grupo de investigadores del Instituto francés Pasteur ha dado un nuevo paso en la lucha contra el virus del SIDA (VIH) al haber descubierto una vía para poder eliminar las células infectadas.

Este hallazgo, también anunciado por el Instituto Pasteur, podría revolucionar el tratamiento del VIH, pues, hasta el momento, los pacientes deben tomar medicamentos antirretrovirales que no logran acabar con los reservorios (virus latente) del VIH que se alojan en las células inmunitarias,

"Nuestro trabajo consiste en identificar las células infectadas para poder centrarnos mejor en ellas con la meta de eliminarlas del organismo", dijo el coordinador del estudio, el español Asier Sáez-Cirión, del Instituto Pasteur, en unas declaraciones difundidas por la radio RTL.

El equipo de investigadores ha logrado identificar las características de los linfocitos T CD4, las células inmunitarias que el VIH activa y usa para producir copias de sí mismo.

Los tratamientos que existen en la actualidad -antirretrovirales- evitan que el VIH haga esto y se multiplique, pero no curan, es decir, no acaban con el virus, sino que lo dejan en estado latente.

Ahora los investigadores han descubierto que el virus infecta de forma prioritaria las células con una fuerte actividad metabólica -como las CD4-, en la que el consumo de glucosa juega un papel preponderante. Entender ese mecanismo permitirá abrir una puerta para eliminar las células infectadas, según los expertos.

Lo que han logrado los investigadores es bloquear la infección gracias a inhibidores de la actividad metabólica ya explorados contra el cáncer en experimentos hechos ex vivo, es decir, realizados en o sobre tejidos biológicos de un organismo en un ambiente artificial.

Los investigadores dijeron que el hallazgo es un primer paso prometedor, aunque aclararon que todavía falta para que esta técnica se aplique en pacientes.

 

Sofía "Jujuy" Jiménez recibió un enorme ramo de flores de Juan Martín del Potro

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Sofía Jujuy Gimenez forma parte del elenco de la comedia Locos por Luisa, protagonizada por Pedro Alfonso, Paula Chaves, Fredy Villarreal, Diego Ramos, Iliana Calabró y Tomás Fonzi en el Teatro del Lago de Villa Carlos Paz. La actriz estaba anoche en uno de los ensayos finales de la comedia y se sorprendió al recibir un enorme ramo de flores en el teatro.

La sorpresa de Jujuy fue tan grande que varios de sus compañeros la escucharon gritar de la alegría y la emoción.

Según pudo saber Teleshow, el regalo se lo envió Juan Martín del Potro para desearle buena suerte en el estreno del 25 de diciembre. Fue un enorme ramo de rosas blancas como muestra de su interés.

Los rumores de una relación entre ellos empezaron hace unas semanas y cuando le consultaron a Jujuy por el exitoso tenista, ella respondió: "Lo conocí este fin de semana. No hay romance como se dice. La realidad es que no lo conocía personalmente pero tenemos un amigo en común. Yo estaba en el boliche dando una vuelta con mis amigos y me agarró, nos pusimos a charlar, buena onda".

Y prosiguió: "No me acuerdo exacto cómo fue, pero hubo buena onda desde el momento cero y la verdad que me di cuenta de que es un amor de persona. No lo conocía y nos divertimos. Es un chico súper lindo y codiciado porque todas las chicas deben morir por él también. Buena onda y la mejor".

Parece que la relación avanza y ahora el tenista se hizo presente mediante un regalo días antes de su estreno teatral, en una de las compañías más importantes de Villa Carlos Paz.

Tiempo: lunes caluroso, con buenas condiciones

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Según la Dirección General de Alerta Temprana, un sistema de alta presión ocasiona buenas condiciones del tiempo en zonas sur-centro, mientras que la zona norte podría registrar algunos chaparrones en horas de la tarde.

Precipitaciones 5 mm para el norte (Especialmente por la tarde).

Vientos: predominantes del este-sureste, con intensidad leve-moderada hasta 32 km/h.

Temperaturas: En ascenso continuado. La máxima prevista en la provincia es de 33ºc en Montecarlo con 36°c de sensación térmica y la mínima de 19ºc en San Vicente.

Así es el pesebre de 720 toneladas de arena esculpido en el Vaticano

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Se instaló en la plaza San Pedro y es el centro de la atención de los fieles que se acercan para celebrar la Navidad. También se instaló un abeto italiano.

Un enorme pesebre esculpido en arena y un abeto de los bosques italianos son el centro de atención en la Plaza de San Pedro en el Vaticano para la Navidad de 2018.

Fue inaugurado por el propio papa Francisco a comienzos de mes, cuando señaló: "La arena, material pobre, recuerda la simplicidad, la pequeñez y la fragilidad con la que Dios se mostró con el nacimiento de Jesús en la precariedad de Belén".

En esa oportunidad recibió en una audiencia a los representantes de las regiones italianas que donaron la arena y abeto rojo gigante.

El original "Pesebre de arena" fue realizado por tres escultores, la holandesa Susanne Ruseler, que trabajó en los pastores y los animales instalados a la izquierda, la rusa Ilya Filimontsev, autora de la Sagrada Familia y el ángel, y el checo Radovan Zivny, quien esculpió los rostros y la ropa de los tres reyes magos a la derecha.

Los escultores comenzaron a finales de noviembre a crear el monumental pesebre en la célebre explanada a partir de una pirámide formada por 700 toneladas de arena, provenientes de la región montañosa de Los Dolomitas.

La alcaldía de la ciudad italiana de Jesolo, cerca de Venecia, le donó al papa ese pesebre e invitó a los tres escultores, los llamados sultanes de arena, a esculpir la natividad.

El pesebre de 16 metros de largo por 5 de altura, tiene 6 de profundidad.

El abeto por su parte es alto unos 21 metros y proviene del bosque de Cansiglio en las Dolomitas, una región que fue azotada por las fuertes lluvias y ráfagas de viento de más 180 km por hora en octubre y noviembre.

El árbol fue donado al Vaticano por la diócesis de Concordia-Pordenone y la región de Friuli Venezia Giulia.

Desde 1982, se instala un abeto de un bosque europeo junto al pesebre.

Los dos símbolos de la Navidad son iluminados ante miles de personas y turistas y permanecerán en la plaza de San Pedro hasta la noche del 13 de enero.

Conductores alcoholizados fueron detenidos y sus vehículos secuestrados

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Este domingo y durante las primeras horas del lunes, en jurisdicción de la UR VI, efectivos dependientes realizaron operativos de prevención y control vehicular, el cual finalizó con 3 detenidos, 1 moto secuestrada y 2 autos retenidos.

Sobre Ruta 4 se produjo un despiste de un vehículo Ford Eco-Sport, conducido por una joven de 21 años quien dio positivo al test de alcoholemia (1,37 g/l) realizado por personal de la Policía Científica. La joven viajaba en compañía de Julio G. (45), quienes resultaron ilesos siendo trasladados a sede policial por efectivos del comando Este.

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La División Seguridad Vial y Turismo secuestró el rodado, siendo trasladado en Grúa al Corralón Municipal con la correspondiente acta de infracción.
Así también en avenida Libertador, personal del comando secuestró un Fiat 147 y detuvo a su conductor Ramón O. (47) quien realizaba maniobras peligrosas y dio positivo al alcotest (2,19 g/l) siendo alojado en la comisaría jurisdiccional y el auto quedó retenido.

En San Javier en horas de la madrugada a la salida de un conocido Camping local, efectivos de la comisaría local detuvieron a Miguel M. (38) quien guiaba una motocicleta Keller en compañía de Miriam y Lorena, en estado de ebriedad.

Los ocupantes de la moto sufrieron escoriaciones varias y el conductor fue alojado en sede policial por infracción a la ley nacional de Tránsito, el rodado fue retenido.

Eldorado: separaron de la fuerza a un efectivo policial acusado de abuso sexual

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El hecho fue denunciado el sábado, en la comisaría de la Mujer UR-III de Eldorado, por la madre de la menor que es hija del sospechado. Inmediatamente la Policía dio intervención al Juzgado  de Instrucción Nº2 de esta ciudad.

El suboficial que prestaba servicios en la división Comando Oeste, ahora afronta un proceso judicial, todavía en libertad, hasta que la Justicia considere ordenar su detención. En primera instancia, el magistrado dispuso prohibición de acercamiento hacia la parte denunciante.

Los progenitores de la niña  se encontraban separados  con régimen de visita que consistía en la alternancia de la tenencia de los 5 hijos del grupo familiar. Todo se habría precipitado luego de que la joven contara a su madre el padecimiento que venía sufriendo desde hace un tiempo a esta parte. El examen médico ginecológico no refiere lesiones en la menor y prosigue la investigación.

Por tratarse de una menor  y  conforme al cuidado que requiere este tipo de casos, la Policía maneja con absoluta reserva la identidad de los involucrados. El efectivo fue pasado a disponibilidad, preventivamente, por la Jefatura de Policía mientras se instruye la causa de abuso sexual  simple agravado.

Más de 650.000 personas compraron regalos con descuentos en la Noche de los Shopping

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Más de 650.000 personas recorrieron los principales shoppings en busca de ofertas y descuentos de último momento para los regalos de Navidad, en la 24°edición de la Noche Shopping.

 

En los locales adheridos de los principales centros comerciales se pudo disfrutar de un 25% off durante toda la noche y Happy Hours con descuentos extras del 30%, 40% y hasta 50%.

 

La dinámica fue la misma de todos los años y en todos los shoppings adheridos (Alcorta, Dot Baires, Alto Palermo, Abasto, Patio Bullrich, Alto Avellaneda, Soleil Premium Outlet y Distrito Arcos); los descuentos sorpresas fueron anunciados por pequeños grupos disfrazados con muchos colores, al ritmo de la comparsa, con panderetas y megáfonos. En el caso del Alto Palermo se iluminó con una fiesta de luces cada vez que se anunciaba un mega descuento, rosa para 30%, azul para 40% y verde para el tan esperado 50% off.

 

Indumentaria y calzado lideraron el ranking de ventas. Mientras que los productos de tecnología y los juguetes quedaron en tercer y cuarto puesto. "Los consumidores valoran mucho los descuentos, cuanto más alto mejor, y las cuotas", explicó Juliana Monsalvo gerente de Marketing de IRSA Propiedades Comerciales.

 

Debido a que se trató de un día soleado, la mayor parte de los visitantes comenzó a llegar a los shoppings entre las 20 y las 21 (habían abierto las puertas a las 18).

 

"Año tras año recibimos a las familias que se acercan el 23 a la Noche Shopping, no sólo en búsqueda por las compras de último momento, sino también para disfrutar del momento, ya que es una fiesta… este año cada shopping tuvo su temática de celebración, desde luces hasta shows musicales, realmente se vivió un momento único", aseguró Monsalvo.

 

No obstante, quienes no pudieron aprovechar el evento tendrán una última oportunidad hoy desde las 10 hasta las 17. También habrá importantes descuentos.

Consejos para cuidar tu alimentación en las fiestas

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Las fiestas de Fin de Año son para disfrutar junto a amigos, familia y también para disfrutar de la comida, pero hay ciertas recomendaciones a tener en cuenta para evitar malestares digestivos. A continuación brindamos algunas recomendaciones que nos permitirán disfrutar saludablemente de la alimentación en las fiestas evitando caer en excesos.

-Evitar las comidas demasiado elaboradas y con mucho condimento, cremas y el exceso de bebidas alcohólicas.

-Consumir carnes con menos grasa (magras): pollo, cerdo o pescados, sobre todo los de mar: jurel, salmón, atún, caballa o trucha son los mejores aliados para reducir el colesterol malo y aumentar el bueno ya que contiene omega 3.

-Para cocinar utilizar aceites de buena calidad como oliva, canola y soja. Estos contienen grasas insaturadas que aumentan el colesterol bueno y bajan el colesterol malo. Además contiene antioxidantes naturales como la vitamina E.

-Consumir frutas secas como nueces, almendras, avellanas, pistachos ya que aportan grasas monoinsaturadas y antioxidantes.

-Elegir bebidas sin azúcar como agua, soda, gaseosas light y jugos de frutas naturales. Es importante mantenerse bien hidratado, sobre todo en días calurosos.

-Evitar llegar con hambre a la cena y no saltearse comidas, ya que ésto generara comer en exceso

-Reemplazar la mayonesa o crema por queso blanco, leche descremada o mayonesa light.
Caminar, andar en bicicleta o concurrir más veces al gimnasio será un buen aliado para quemar las calorías que se consumen de más.
Al día siguiente, se recomienda una dieta desintoxicante a base de frutas, verduras e infusiones.

-Tener en cuenta para la alimentación en las fiestas que las frutas de color rojo o azulado como las ciruelas, cerezas, frambuesas y arándanos, son ricas en antocianinas, antioxidantes naturales que evitan la acumulación de grasas en las paredes internas de las arterias. Las uvas contienen resveratrol, sustancia natural que protege al corazón de la hipercolesterolemia, los triglicéridos altos y la hipertensión arterial.

-Las ensaladas hechas con verduras aportan fitoesteroles, vitaminas y minerales que ayudan a reducir el colesterol. Sus efectos es mejor si las consumimos crudas. Agrega repollo, brócoli, coliflor y ajo como condimento en reemplazo de sal, junto con la cebolla contienen compuestos azufrados que mejoran la circulación y la actividad cardiovascular.

Jubilados: ¿qué reclamos debe resolver la Corte en ajustes previsionales?

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Con la sentencia del caso “Blanco”, en el que ordenó a la ANSES utilizar el índice ISBIC en lugar del RIPTE para calcular los reajustes de haberes de jubilados, la Corte Suprema cerró un capítulo determinante. Pero no fue el último.

Aún quedan varios temas por resolver. Y los amparos son miles. La gran mayoría de los reclamos se inician por haberes mal liquidados.

 

Además, el organismo previsional ayudó a incrementar la litigiosidad con el dictado de la resolución 56 de este año, que pretende que se aplique el RIPTE a la actualización de las remuneraciones, en todos los juicios de reajuste que no tengan sentencia firme y en trámite, en forma retroactiva.

 

El máximo tribunal, en el citado caso, declaró de oficio la inconstitucionalidad de la norma (ya que el reclamante no hizo ese pedido), y le ordenó al Congreso que dicte una ley para terminar con esa divergencia.

 

Los más de 350.000 expedientes en trámite pueden dividirse en tres etapas:

 

- 1983-2002: los juicios se generaron porque el Estado manipuló los incrementos que determinaba la Encuesta General de Remuneraciones.

 

- 2002-2006: la movilidad oficial no reflejaba los aumentos de los activos, por lo que se dictó el caso Badaro. Para solucionar ese problema se dictó la ley de movilidad jubilatoria.

 

- 2017 a la actualidad: El Estado impuso modificaciones retroactivas en la movilidad.

 

Para tratar de terminar con la litigiosidad, el macrismo impulsó la creación del programa de “Reparación Histórica”, en el que hubo un reajuste de haberes para quienes aceptaron ingresar a él. En la mayoría, se trató de jubilados que no hicieron ningún reclamo ante la Justicia.

 

De todas maneras, el reajuste era inferior en promedio en un 50% al que marcan los fallos judiciales, que luego la ANSES apela ante la Corte Suprema.

 

Pero además quedan por resolver otras cuestiones, entre las que se pueden mencionar:

 

1) Renta Vitalicia Previsional

 

Este beneficio surgió cuando regía la ley de prestadoras privadas (AFJP). Al eliminarse ese sistema, en 2008, había 150.000 personas que recibían estos pagos, cuya cuantía se define según cálculos actuariales (teniendo en cuenta el fondo disponible en cada caso y la expectativa de vida).

 

Se estima que en la actualidad unos 30.000 beneficiarios perciben montos por debajo del mínimo.

 

Este año, la Corte Suprema les garantizó la percepción del haber mínimo y para aquellos que lo superaban indicó que les corresponde la misma movilidad jubilatoria que anuncia la ANSES cada tres meses.

 

De todas maneras, falta que indiquen cómo se realiza el cálculo del haber inicial. Hay sentencias firmes desde 2008 de instancias inferiores, pero no hay una sentencia orientadora del máximo tribunal.

 

2) Porcentaje de sustitución

En este tema se analiza el porcentaje del salario activo que debe ser cubierto por el haber jubilatorio. Este año la Corte rechazó un fallo en que se ordenaba que se pagara a un titular el 70% de su sueldo en actividad. A diferencia de la ley 18.037, la norma vigente no da pautas orientadoras, por lo que hay beneficiarios que pueden percibir el 50% en algunos casos o el 55% en otro.

 

De todas maneras, los expertos esperan un fallo que oriente en esta materia porque en el expediente “Benoist, Gilberto c/ANSES s/previsional L. 24463”, el máximo tribunal solo se limitó a cuestionar el derecho aplicable en ese caso.

 

3) Constitucionalidad de la nueva ley de movilidad jubilatoria

Ya está en el máximo tribunal un expediente en el que se pidió la nulidad de la ley de movilidad jubilatoria sancionada a fines del año pasado.

 

El fallo de la sala III de la Cámara de la Seguridad Social, en la causa "Fernández Pastor, Miguel c/ ANSES", declaró inconstitucional el aumento del 5,71% que recibieron los jubilados en marzo de este año de acuerdo a la nueva ley de movilidad. Y ordenó que se aplique la fórmula anterior, que se estimó en el 14,5%.

 

La cámara, al mismo tiempo, avaló el cambio de la fórmula hacia el futuro, la cual pasó a estar conformada en base a un índice que toma el 70% de inflación y 30% de la evolución de los salarios.

 

El cuestionamiento sobre la retroactividad se originó porque para el primer aumento de la nueva ley se tomó en cuenta solo el cuarto trimestre de 2017, en lugar de todo el segundo semestre.

 

“La ley tiene un problema real, ya que afecta el principio de progresividad de las leyes previsionales”, indicó el abogado previsionalista Adrián Tróccoli a iProfesional.

 

Así las cosas, al no considerarse para los cálculos del ajuste los índices de tres meses (julio, agosto y septiembre de 2017), el incremento terminó siendo menor y perjudicó a los jubilados.

 

Puesto en cifras, con el primer aumento trimestral dispuesto por la nueva ley, el haber mínimo en marzo de 2018 pasó a ser de 7.660 pesos.

 

En cambio, si se hubiera aplicado la vieja fórmula, como reclamó Fernández Pastor, la mínima hubiese alcanzado los 8.303 pesos.

 

En caso de confirmarse la inconstitucionalidad de ese punto, millones de jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones sociales podrán reclamar la diferencia de haberes. Esa cifra se puede incrementar exponencialmente si cae toda la ley.

 

4) Tope a la actualización de las remuneraciones

El artículo 14 de la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social 6/2009 creó un nuevo tope al reglamentar la palabra “actualizadas” de la frase “remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones actualizadas…” del artículo 24 de la Ley del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

 

Esto afecta a los que tienen jubilaciones “altas”. Es que la ley contempla un monto máximo para los aportes previsionales, pero no trata sobre jubilaciones. La resolución también le puso un límite a los haberes jubilatorios.

 

De esta manera, los especialistas consideran que hubo un exceso reglamentario de esa resolución, por lo que su aplicación representa una gravedad institucional de grandes magnitudes, ya que se estaría aplicando un tope ilegal.

 

En concreto, la ANSES toma una remuneración y la actualiza por el índice de actualización, pero si el resultado es mayor que el tope vigente se la limita, por lo tanto el incremento puede llegar a ser de cero pesos.

 

En los tribunales inferiores creen que la Corte va a “pulverizar” ese tope a las remuneraciones actualizadas porque no encuentra sustento legal en ninguna ley.

 

“Que se aplique para el cálculo de los aportes no significa que se pueda utilizar para otro fin que no sea el recaudador”, indican.

 

5) Impuesto a las ganancias “Calderale Leonardo"

El Impuesto a las Ganancias alcanza a haberes mensuales equivalentes a seis jubilaciones mínimas, de acuerdo a la movilidad de cada mes.

 

Si el haber mensual es inferior a 55.854,60 (a valor de diciembre), durante 2018 no deberías estar alcanzado por el Impuesto a las Ganancias.

 

La Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la ley 20.628 de impuesto a las ganancias, que grava como ganancias de cuarta categoría a las provenientes de las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie “en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas”.

 

El fallo se funda en que de admitirse la retención del impuesto, se estaría configurando una doble imposición (es decir, se pagó mientras estaba en actividad y se volvió a abonar en la jubilación).

 

De acuerdo a los especialistas, el problema es que se trata de un caso que no está alcanzado por el impuesto y aún así declararon la inconstitucionalidad de la norma. Cómo si esto fuera poco se refirieron a un texto que ya había sido modificado a la fecha de la sentencia.

 

Ya hay un antecedente de la Corte  Suprema que convalidó que se aplique este impuesto a las jubilaciones.

 

En el caso “Dejeanne Oscar Alfredo y otro c/ Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) s/ amparo”, se indicó que “la configuración del gravamen decidida por el legislador involucra una cuestión ajena a la órbita del Poder Judicial, a quien no compete considerar la bondad de un sistema fiscal para buscar los tributos que requiere el erario público y decidir si uno es más conveniente que otro”.

 

Solo podría intervenir en el caso se acreditase “una violación al derecho de propiedad debido a que el gravamen adquiere ribetes que lo toman confiscatorio”.

 

6) Daño moral por demora en el pago de sentencias

Todavía no han llegado a la Corte pero algunos juzgados del interior han entendido que la ANSeS es responsable por el daño moral que causa en los titulares la demora en el pago de las sentencias.

 

Un precedente que dictó la Cámara Federal de Seguridad Social de Rosario (con un recurso rechazado por la Corte y que por lo tanto quedó firme), ordenó que la ANSES le dé un resarcimiento extra a los familiares del jubilado en concepto de daño moral por forzarlo a litigar tantos años.

 

Hay también casos de jubilados (que están vivos) que requieren el pago de ese adicional porque llevan esperando varios años que se le abone el monto del juicio que ganaron y cuya sentencia está firme.

 

7) Homologaciones incumplidas por reparación histórica

Hay nuevas demandas por homologaciones incumplidas o porque el jubilado aceptó cobrar una suma muy inferior a la que hubiese resultado se iba a la justicia. De todas maneras, se tratan de casos que tardarán años en llegar a la Corte Suprema.

Tras "efecto Darthés", Macri impulsa una agenda de género

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El arco político en pleno le reconoció a Mauricio Macri su rapidez de reflejos para entender la importancia de la cuestión de género.

 

No quedó claro si fue a propósito o mera coincidencia, pero lo cierto es que no había pasado un día de la denuncia de Thelma Fardin contra Juan Darthés que el Presidente, en los jardines de la residencia de Olivos, anunció que en marzo del año próximo presentará un Programa de Igualdad de oportunidades y derechos (PIOD)que viene preparando el Instituto Nacional de las Mujeres.

 

Sin embargo, todavía hay que resolver temas pendientes para que los anuncios presentados por Macri puedan finalmente concretarse.

 

Ocurre que varios de los puntos incluidos necesitan de una mejora presupuestaria para su implementación, algo que en las actuales circunstancias del país luce difícil.

 

Será determinante conocer la cantidad de dinero que se derivará hacia cada etapa del Programa.

 

Por otra parte, en algunas de las políticas propuestas está pendiente un debate sobre la "letra chica" a la hora de la aplicación sobre casos reales.

 

Parte de la implementación de este plan estará en manos del Congreso, ya que contempla el dictado de varias leyes tendientes a eliminar las desigualdades salariales y a equiparar las posibilidades de acceso al empleo entre ambos géneros.

 

Según datos oficiales, en la Argentina las mujeres cobran en promedio 26% menos que los hombres por el mismo trabajo.

 

En el ámbito privado, el 68% de los cargos de la Alta Dirección están ocupados por varones. Y el desempleo afecta principalmente a las mujeres jóvenes (21,5% frente al 17,3% de los hombres).

 

En el ámbito público, en tanto, las mujeres ocupan cuatro de las 24 gobernaciones; uno de los cinco cargos de jueces de la Corte Suprema y poco menos del 10% de las intendencias.

 

En tanto, el 37,5% de las bancas en Senado y 35,6% en la Cámara de Diputados las ocupan mujeres. La ley de equidad de género para cargos legislativos contempla -para las elecciones del año próximo- que la proporción pase a ser de al menos el 50% en la lista de candidatos.

 

La agenda, punto por punto

En marzo de este año, el Ejecutivo presentó un proyecto de ley al que se denominó “De equidad de género”, que no avanzó en el debate de Diputados y que, en materia de igualdad salarial, enuncia derechos ya reconocidos. Algunos de estos preceptos se repiten en el nuevo Programa impulsado por el Gobierno.

 

De acuerdo con los especialistas consultados por iProfesional, con las normas vigentes ya se podría llevar a cabo una política de protección a la mujer para evitar discriminaciones salariales y de trato.

 

Además, entre otros puntos, en el ámbito laboral, el Programa impulsado por el Gobierno buscará:

 

-Mejorar la igualdad de oportunidades de las mujeres en el acceso, permanencia y condiciones de trabajo en el mercado laboral.

 

-Promover el acceso de las mujeres al trabajo remunerado, al empleo formal y a recursos productivos en condiciones de igualdad.

 

-Alentar/facilitar la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, con particular énfasis en la Administración Pública Nacional.

 

Según el Programa, se han identificado 34 acciones “clave” –representativas de los ejes de acción del Plan que serán monitoreadas por el INAM y que incluyen desde la capacitación a funcionarios, el establecimiento de la licencia por violencia y la extensión de licencias para progenitores no gestantes en la Administración Pública hasta la elaboración del presupuesto nacional con perspectiva de género-.

 

-Fortalecer las competencias de las fuerzas policiales para una correcta actuación de los casos sobre violencia de género. Readaptación de oficiales involucrados en causas de violencia.

 

-Promover el equilibrio entre la vida productiva y reproductiva de mujeres y varones a través del fortalecimiento de las políticas de cuidado: aumento de las licencias por paternidad (propuesta en la Ley de Igualdad) y el fortalecimiento de espacios de cuidado, con "espacios amigables para la lactancia".

 

-Eliminar las restricciones que limitan que las mujeres se desempeñen en determinadas industrias. Dar la misma protección a las mujeres que a los varones para tareas penosas, peligrosas o insalubres (LCT).

 

"El tema más complejo es la contratación de mujeres para determinados oficios que histórica y culturalmente se encuentra instalado que son de hombres, como el caso de los colectiveros", enfatiza Daniel Orlansky, socio de Baker & Mckenzie.

 

- Elaborar e implementar un sistema de diagnóstico, planificación y certificación para que las empresas eliminen prácticas discriminatorias y garanticen la participación equitativa de mujeres y varones.

 

Los expertos destacan que, en los últimos dos ítems, las acciones para poder terminar con esta brecha ya están en manos de los empleadores -a través del cumplimiento de las leyes- y de los ministerios o secretarías de Trabajo respectivos (nacionales y provinciales), mediante los órganos encargados de realizar el control con su poder sancionador.

 

Sobre este punto, Orlansky remarca que "la autoridad laboral puede detectar muy fácil la infracción al ver el libro de sueldos, como así­ también consultar al personal en el momento de la inspección sobre el cumplimiento de la normativa en materia salarial".

 

Y, en el caso de que se lleve a cabo una controversia, el inspector puede citar al empleador, al trabajador, o a cualquier tercero que pueda tener conocimiento sobre hechos relativos al incumplimiento de la normativa laboral.

 

El debate se centrará en la "letra chica" y las dificultades operativas. Los hombres de negocios consideran que en lugar de beneficiarlas, las mujeres podrían ser perjudicadas, ya que habrá mayor reticencia a contratarlas. Además, en las empresas se ve con desconfianza la injerencia estatal sobre políticas salariales, donde reclaman libertad para dar premios por mérito.

 

-Eliminar la restricción para que mujeres y varones pueden realizar trabajos fuera del establecimiento, a distancia o teletrabajo en el marco de la modificación de la Ley de Equidad de Género e Igualdad de Oportunidades en el Trabajo.

 

-Permitir que las mujeres tengan la posibilidad de reincorporarse a su trabajo después de la maternidad de manera part-time por 6 meses, en el marco de la modificación de la Ley de Equidad de Género e Igualdad de Oportunidades en el Trabajo.

 

-Permitir que padres y madres con niños de hasta cuatro años a cargo puedan programar con su empleador una reducción temporaria de su jornada laboral recibiendo una remuneración proporcional en el marco de la Ley de Equidad de Género e Igualdad de Oportunidades en el Trabajo.

 

En estos últimos dos puntos, los expertos destacan que no hay impedimento legal para llevar esto a cabo, por lo que será necesario, para que se trate de un cambio real, que –en la letra final de la ley- se trate de una obligación y no de una opción.

 

También habrá que tener en cuenta que la Corte Suprema está cerca de expedirse sobre la reglamentación del artículo 178 de la Ley de Contrato de Trabajo que ordena la instalación de guarderías en las empresas.

 

El Gobierno se opone porque considera que elevará los costos de las empresas y complicará la situación de las pequeñas y medianas compañías.

 

Por otro lado, en cuanto a la violencia de género pretende:

 

-Prevenir y abordar la violencia de género en el empleo público mediante la implementación de Protocolos de Prevención y Atención de casos de violencia y acoso en toda la Administración Pública Nacional.

 

-Un monitoreo de la Licencia por Violencia de Género en el Empleo Público (Decreto 1086/2018).

 

-Facilitar el acceso de las mujeres adultas mayores a los servicios de asesoramiento, contención e información sobre violencia de género.

 

-Prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las niñas, mujeres, lesbianas, feminidades trans y travestis y garantizarles acceso a una justicia efectiva en el marco de la Ley de Protección Integral a las Mujeres (26.485) y del articulado de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) suscripto por el Estado Argentino.

 

-Creación de un comité técnico de seguimiento y evaluación del Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos.

 

Normas vigentes

Luis Discenza, socio del estudio Adrogué, Marqués, Zabala & Asociados, resalta que hay "leyes y normas internacionales que poseen jerarquía constitucional que tutelan específicamente la garantía de igualdad de remuneración entre el hombre y la mujer, ante funciones iguales".

 

Entre ellas, señala a la Ley 20.392, vigente desde el 1 de enero de 1.974, que prohíbe las diferencias remuneratorias entre el hombre y la mujer ante trabajos de igual valor y remarca que en 2009 se sancionó la Ley de Protección Integral de las Mujeres (N° 26.485), con el fin de erradicar toda forma de violencia hacia las mismas en sus ámbitos de actuación social.

 

En esta norma, hay un apartado donde se especifica aquellas circunstancias  que a los fines de la ley implican "violencia económica" contra una trabajadora, entre las que se encuentran "la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo" y "quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función".

 

"Cualquiera de estas conductas constituye un agravio en el marco del contrato de trabajo, circunstancia que puede determinar la denuncia de la trabajadora en sede judicial y  ante el Consejo Nacional de la Mujer u Organismos competentes", destaca Discenza.

 

Pero además hay otras normas que impiden la disparidad salarial por cuestiones de género.

 

Los especialistas destacan ante una consulta de iProfesional que la Constitucional Nacional establece en su artículo 14 el principio de "igual remuneración por igual tarea" y una obligación genérica de igualdad en el art. 16 (...Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad...").

 

Asimismo, explican que los Convenios de la Organización General del Trabajo (OIT), que tienen una jerarquía superior a las leyes, generan obligaciones de cumplimiento para los países que lo ratifican.

 

En cuanto a las normas nacionales, la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) contiene varios artículos sobre el mismo tema.

 

Por ejemplo, el artículo 17 prohíbe hacer discriminaciones entre los trabajadores por motivo de sexo, raza, nacionalidad, religiosos, políticos, gremiales o de edad.

 

Y el artículo 81 garantiza la igualdad de trato en identidad de situaciones y considera que "existe trato desigual cuando se produzcan discriminaciones arbitrarias fundadas en razones de sexo, religión o raza, pero no cuando el diferente tratamiento responda a principios de bien común, como el que se sustente en la mayor eficacia, laboriosidad o contracción a sus tareas por parte del trabajador".

 

Por otro lado, la ley 25.212 establece que la discriminación salarial por el sexo es una infracción muy grave y que la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometen a "diseñar e implementar políticas, planes y programas operativos que promuevan la incorporación de la mujer al trabajo en igualdad de oportunidades y de trato con los varones".