La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 5/2025 mediante la cual el Gobierno nacional oficializó la eliminación de la obligación para las empresas de transporte de verificar la documentación de menores de edad antes de permitir su embarque en servicios internacionales.
A través de la Resolución 1/2025, publicada el 30 de enero en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional eliminó la obligación de las empresas de transporte de verificar la documentación de menores en viajes internacionales. La medida fue adoptada por el Ministerio de Infraestructura, en el marco de la política de desregulación que lleva adelante la administración de Javier Milei.
El artículo uno de la Resolución deroga el artículo cinco de la Resolución 43/2016 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (Cnrt), que establecía que las empresas de transporte internacional de pasajeros debían exigir la documentación correspondiente a menores de edad antes de abordar.
En concreto, la normativa eliminada obligaba a las empresas a constatar la identidad del menor y la autorización de los progenitores o tutores para viajar, evitando así posibles irregularidades en el traslado de niños y adolescentes.
Esta resolución ya entró en vigencia, lo que significa que las empresas de transporte ya no están obligadas a solicitar ni verificar estos documentos antes del embarque.
Ante esta medida las críticas por parte del sector opositor no se hicieron esperar, ya que generó preocupación en distintos sectores, ya que podría facilitar casos de trata de personas y traslados irregulares de menores sin el consentimiento de sus responsables legales.