La Cámara Federal porteña confirmó este lunes el sobreseimiento del ministro de Economía, Luis Caputo, en la causa que investigaba sus vínculos con el conglomerado financiero Noctua, presuntas omisiones en sus declaraciones juradas y un eventual uso de información privilegiada durante su anterior paso por la función pública.
La decisión fue adoptada por la Sala I, integrada por los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, que rechazó la apelación presentada por el fiscal Carlos Rívolo contra el cierre de la investigación. Los camaristas consideraron que no se reunieron elementos suficientes para acreditar las conductas delictivas atribuidas al funcionario.
El expediente analizaba, entre otros puntos, la emisión de deuda durante la gestión de Caputo al frente de la Secretaría y posteriormente del Ministerio de Finanzas, incluido el denominado bono a 100 años, y si alguna de esas operaciones pudo haber beneficiado a firmas relacionadas con Noctua, conglomerado con el que había mantenido vínculos profesionales.
La investigación se había iniciado a partir de una denuncia por posibles delitos de omisión maliciosa en declaraciones juradas, negociaciones incompatibles con la función pública, tráfico de influencias, uso de información privilegiada, incumplimiento de los deberes de funcionario público y lavado de activos.
Con el avance de la causa, el análisis quedó concentrado principalmente en dos aspectos: los vínculos societarios y laborales declarados por Caputo y su actuación en operaciones de deuda pública mientras ocupaba un cargo en el Gobierno.
Qué planteaba la Fiscalía
El fiscal Rívolo había cuestionado que las declaraciones juradas de Caputo no incluyeran determinada información relacionada con Princess International Group Ltd. y LC Advisors, y planteó que esas omisiones debían investigarse para determinar si existió intención de ocultar posibles incompatibilidades.
También sostuvo que Caputo había utilizado LC Advisors para facturar servicios profesionales a Noctua cuando ya se desempeñaba como funcionario.
La Fiscalía vinculó esa situación con la adquisición por parte de Noctua de bonos del Tesoro argentino emitidos durante 2016, cuando Caputo era secretario de Finanzas, y consideró que existían elementos suficientes para profundizar la investigación.
La Cámara, sin embargo, concluyó que no pudo acreditarse que esas circunstancias respondieran a una maniobra destinada a beneficiar al grupo financiero ni que Caputo hubiera utilizado información privilegiada.
Las declaraciones juradas, otro punto central
El tribunal también analizó las presuntas omisiones en las declaraciones juradas. Los camaristas señalaron que la normativa exige que determinada información sea consignada específicamente en esas presentaciones y que no resulta suficiente, por sí solo, que los datos figuren ante otros organismos.
Sin embargo, remarcaron que para configurar el delito investigado debía demostrarse que existió una intención deliberada de ocultar información.
“La omisión punible debe ser maliciosa”, señalaron los jueces, quienes consideraron que ese elemento no pudo acreditarse durante la investigación.
Para sostener esa conclusión, la Cámara tuvo en cuenta que Caputo había informado ante otros organismos datos relacionados con LC Advisors y que había consignado participaciones accionarias en esa sociedad en distintas declaraciones juradas.
A partir de esos elementos, Llorens y Bertuzzi respaldaron el criterio adoptado en primera instancia y confirmaron el sobreseimiento de Caputo, al considerar que no existían pruebas suficientes para sostener las imputaciones y continuar con el proceso penal.
