Dos abogados presentaron una denuncia contra el Presidente por presunta malversación de caudales públicos e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Sostienen que utilizó recursos del Estado para participar de un acto político en apoyo a Flávio Bolsonaro y cuestionan las declaraciones que formuló contra Luiz Inácio Lula da Silva y un juez del Supremo Tribunal Federal.
El presidente Javier Milei fue denunciado penalmente por presunta malversación de caudales públicos e incumplimiento de los deberes de funcionario público, a raíz de su reciente viaje oficial a Brasil, donde participó de un acto del espacio político de Flávio Bolsonaro, en medio de la creciente tensión diplomática entre ambos países.
La presentación fue realizada por los abogados José Magioncalda y Juan Martín Fazio, quienes sostienen que el mandatario habría utilizado el avión presidencial, la comitiva oficial y recursos del Estado para asistir a una actividad de carácter partidario, ajena —según argumentan— a las funciones institucionales del cargo.
Cuestionan el uso de recursos oficiales
En la denuncia, los letrados afirman que el viaje tuvo como objetivo respaldar la candidatura presidencial de Flávio Bolsonaro y que, por ese motivo, se produjo un desvío de recursos públicos respecto de la finalidad para la que fueron asignados.
Además, cuestionan las declaraciones formuladas por Milei durante el acto realizado en San Pablo, donde calificó al presidente brasileño Luiz Inácio Lula da Silva como "presidiario" y se refirió al juez del Supremo Tribunal Federal, Alexandre de Moraes, con fuertes descalificaciones.
Según los denunciantes, esas expresiones fueron realizadas en el marco de un acto político opositor y constituyeron una injerencia en asuntos internos del país vecino.
Los argumentos de la presentación
La denuncia sostiene que el Presidente utilizó bienes y fondos públicos para fines partidarios, lo que, a criterio de los abogados, podría configurar el delito de malversación de caudales públicos, previsto en el artículo 260 del Código Penal.
Asimismo, consideran que también podría encuadrarse en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, contemplado en el artículo 248, al entender que la conducta vulneró principios del derecho internacional incorporados al ordenamiento jurídico argentino.
Como parte de sus fundamentos, la presentación invoca el principio de no injerencia consagrado en la Carta de las Naciones Unidas, la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Resolución 2625 de la Asamblea General de la ONU, que establecen que los Estados no deben intervenir en los asuntos internos de otros países.
Los denunciantes sostienen que la utilización de recursos oficiales para una actividad de naturaleza política habría generado, además, un perjuicio para las relaciones diplomáticas entre Argentina y Brasil.
