La iniciativa ingresó este viernes a la Cámara de Diputados y busca ampliar el acceso al Sistema Simplificado del Impuesto a las Ganancias, eliminar restricciones patrimoniales y facilitar la incorporación de contribuyentes al régimen formal.
El Gobierno nacional envió este viernes a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que propone ampliar el universo de contribuyentes que podrán adherir al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias. El objetivo es incentivar la formalización de activos y simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
El proyecto, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y los ministros Luis Caputo y Sandra Pettovello, será tratado cuando se reanude la actividad legislativa, prevista para los primeros días de agosto.
Para avanzar con la iniciativa, La Libertad Avanza deberá reunir apoyos de bloques dialoguistas como la Unión Cívica Radical, el PRO, Innovación Federal, Producción y Trabajo y Provincias Unidas, ya que no cuenta con mayoría propia en la Cámara baja.
Qué cambia el proyecto
Uno de los principales cambios es la eliminación de los límites de ingresos y patrimonio que regían para ingresar al Régimen Simplificado de Ganancias. De aprobarse la reforma, todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país podrán optar por este sistema.
Hasta ahora, solo podían adherirse quienes registraran ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio máximo de $10.000 millones.
Desde el Ejecutivo sostuvieron que la modificación busca "democratizar el acceso a un sistema que facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias".
Cómo serán los controles de ARCA
El proyecto mantiene las facultades de fiscalización de ARCA sobre los contribuyentes de mayor capacidad económica o relevancia fiscal, que seguirán sujetos a los controles integrales previstos por la normativa vigente.
Además, redefine el concepto de "discrepancia significativa", criterio que habilita al organismo a revisar una declaración jurada simplificada. La revisión podrá iniciarse cuando la diferencia detectada implique un incremento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos igual o superior al 15% respecto de lo declarado por el contribuyente.
Fondos, sistema financiero y prevención del lavado
La iniciativa establece que quienes adhieran al régimen deberán canalizar sus operaciones a través del sistema financiero formal, utilizando medios habilitados por el Banco Central (BCRA) o la Comisión Nacional de Valores (CNV). El requisito se considerará cumplido cuando esos canales intervengan en el origen o el destino de la operación.
Asimismo, el proyecto prevé que los fondos incorporados bajo estas condiciones puedan acceder a los beneficios establecidos por la Ley 27.799 hasta el 31 de diciembre de 2027, además de fijar criterios específicos para su tratamiento en el Impuesto sobre los Bienes Personales.
En materia de prevención del lavado de activos, se instruye a la Unidad de Información Financiera (UIF) para que la adhesión al régimen sea considerada un antecedente favorable en sus evaluaciones. No obstante, aclara que esa condición no exime a bancos, entidades financieras y demás sujetos obligados de cumplir con los procedimientos de identificación de clientes, debida diligencia y reporte de operaciones sospechosas.
Un punto que genera debate
Uno de los aspectos que podría generar mayor discusión durante el tratamiento parlamentario es que los funcionarios públicos también podrán adherir al régimen. El tema ya despertó cuestionamientos en sectores de la oposición e incluso entre algunos bloques aliados, que plantean excluir a quienes ejercen cargos públicos de los beneficios previstos en la iniciativa.
