El proyecto de Inocencia Fiscal II (IF2) volvió a generar cuestionamientos en el ámbito jurídico. Según distintos especialistas, la iniciativa no solo modifica aspectos tributarios, sino que también restringe de manera arbitraria las facultades del Estado para recaudar impuestos, fiscalizar contribuyentes y prevenir el lavado de activos, lo que podría derivar en un planteo de inconstitucionalidad.
Desde el retorno de la democracia, Argentina implementó distintos regímenes de regularización de activos. Desde la Ley 23.495 de 1987, que estableció el primer régimen de normalización impositiva, hasta el Régimen de Regularización de Activos previsto en la Ley 27.743, casi todos los gobiernos recurrieron a algún esquema de blanqueo, con la excepción de la gestión de Néstor Kirchner.
En términos legales, un blanqueo permite declarar bienes o fondos no registrados mediante el pago de un impuesto especial y, a cambio, acceder a beneficios como la exención de impuestos omitidos, la condonación de multas e intereses y la liberación de acciones civiles o penales vinculadas a delitos tributarios, cambiarios o aduaneros.
Sin embargo, los especialistas sostienen que el primer proyecto de Inocencia Fiscal (IF1) no encuadraba dentro de esa figura, ya que no contemplaba esos beneficios tradicionales. En cambio, buscaba incentivar el uso de dinero no declarado mediante mecanismos que limitaban el alcance de las fiscalizaciones de la administración tributaria.
La principal crítica apunta ahora a Inocencia Fiscal II, ya que, según el análisis jurídico, la propuesta profundiza esas limitaciones al restringir la capacidad del Estado para controlar y recaudar, afectando funciones que forman parte de sus obligaciones constitucionales.
Además, advierten que el proyecto trasciende el ámbito estrictamente tributario e impacta sobre el sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. En ese sentido, la iniciativa influiría directamente en la evaluación de riesgos que deben realizar bancos, entidades financieras, escribanos, inmobiliarias, agentes del mercado de capitales y otros sujetos obligados por la Ley 25.246.
Los cuestionamientos sostienen que la adhesión al régimen podría alterar los criterios de control que exige la normativa vigente, debilitando las herramientas destinadas a detectar operaciones sospechosas y afectando el funcionamiento del sistema antilavado.
Si bien reconocen que los programas de regularización de activos forman parte de la política tributaria argentina desde hace décadas, los especialistas consideran que el proyecto IF2 representa un nuevo intento de corregir un esquema que no logró los resultados esperados.
En ese contexto, plantean que, si el objetivo del Gobierno es impulsar un nuevo régimen de blanqueo, debería presentar ante el Congreso un proyecto con mayor solidez técnica y jurídica, en lugar de avanzar con una iniciativa que, según advierten, podría debilitar las capacidades de control y fiscalización del Estado.
