Aguas Misioneras estableció que los usuarios de la Unidad Ejecutora de Uso del Agua que registren consumos de hasta 299 metros cúbicos mensuales quedarán exceptuados de la facturación y del pago del canon por el aprovechamiento del recurso hídrico hasta diciembre de 2027.
La medida fue anunciada por el presidente de Aguas Misioneras, Hernán Corrales, y responde a una solicitud del gobernador Hugo Passalacqua con el objetivo de acompañar a los sectores productivos y de servicios de la provincia.
La disposición comenzará a regir para los consumos registrados desde septiembre de 2026 y se extenderá hasta diciembre de 2027, inclusive.
A quiénes alcanza el beneficio
La medida comprenderá a usuarios de los sectores agrícola, pecuario, industrial, piscícola y medicinal, además de actividades vinculadas al alojamiento, el turismo, la recreación y los servicios de apoyo comercial.
De acuerdo con lo establecido, los usuarios que registren un consumo mensual de hasta 299 metros cúbicos no tendrán obligación de facturación ni de pago del canon. En cambio, quienes superen los 300 metros cúbicos mensuales continuarán alcanzados por el régimen vigente.
En los casos en que un mismo titular cuente con más de una captación o perforación registrada, se tendrá en cuenta la suma total de los volúmenes utilizados. De esta manera, el límite de 299 metros cúbicos se aplicará sobre el consumo mensual total y no de manera individual sobre cada fuente de agua.
Qué actividades quedan exceptuadas
La disposición no alcanzará a aquellas actividades que utilizan el agua de manera directa e intensiva como materia prima principal dentro de su proceso productivo.
Entre ellas se encuentran principalmente las empresas embotelladoras de agua y los establecimientos dedicados a la fabricación de hielo, debido a las características particulares de esas actividades.
Continúa el control sobre el recurso hídrico
Desde Aguas Misioneras aclararon que la medida tiene un carácter exclusivamente económico y no modifica las obligaciones vinculadas a la inscripción, registro y control de las captaciones.
En el marco de las facultades establecidas por la Ley I-N.º 149, la empresa continuará desarrollando las tareas de administración, seguimiento, fiscalización y protección del recurso hídrico provincial.
Los titulares alcanzados por el beneficio deberán mantener actualizada la información correspondiente a sus captaciones y cumplir con las disposiciones vigentes de la Unidad Ejecutora de Uso del Agua.
