sábado, junio 27, 2026
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Confirmaron el procesamiento de Corazza por corrupción de menores e irá a juicio

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La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal ratificó el procesamiento por corrupción de menores sobre Marcelo Corazza y el ex Gran Hermano quedó al borde del juicio oral.

Los camaristas Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia consideraron que la acusación inicial del juez Ariel Lijo se encuentra "ajustada a derecho" y por tanto rechazaron la apelación presentada por los abogados defensores.

Corazza está procesado como parte de una asociación ilícita que se dedicaba a la trata de personas con fines de explotación sexual, abuso sexual, promoción de prostitución de menores, corrupción de menores y posesión y producción de material pornográfico infantil.

En el caso de Corazza la investigación comprobó, y hoy sus conclusiones fueron ratificadas en segunda instancia, que se vinculó con una de las víctimas cuando era menor de edad para intercambiar contenido sexual por regalos y dinero.

La víctima, que tenía 17 años en ese momento, declaró en el caso y admitió que enviaba fotos y videos de contenido sexual a Corazza a cambio de pagos de entre 5 y 6 mil pesos.

No obstante los delitos aberrantes que se le endilgan, el productor televisivo logró obtener la excarcelación en octubre de este año, aunque con prohibición de salir del país y vigilado con pulsera electrónica.

El juez Lijo, al concederle la excarcelación hasta tanto se lo juzgue, consideró que "no surgen indicios que permitan suponer que el imputado pudiera llegar a obstaculizar alguna de las medidas de prueba".

El productor Marcelo Corazza es trasladado des dependencia de la policía de la Ciudad a una unidad penitenciaria. Foto NAEl productor Marcelo Corazza es trasladado des dependencia de la policía de la Ciudad a una unidad penitenciaria. Foto NA

La investigación que terminó desarticulando la red de trata de la que Corazza era parte, comenzó el 24 de octubre del 2022, luego de que un testigo de identidad reservada denunció que había sido abusado sexualmente cuando tenía entre 11 y 13 años.

Además del ex participante de Gran Hermano se encuentran procesados Francisco Angelotti, Andrés Charpenet y Raúl Mermet, a quienes también la Sala I les rechazó la apelación.

El Gobierno apunta a eliminar las Paso con la Ley Ómnibus

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El Gobierno de Javier Milei propuso eliminar las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en el proyecto de ley "ómnibus" enviado al Congreso, dentro de una reforma que incluye modificaciones en el financiamiento de los partidos políticos y que además quita las sanciones para los candidatos que no participen del debate, entre otros puntos.

A través del artículo 451 del "Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", el Poder Ejecutivo propone la derogación del título II de la Ley N° 26.571, por la que en 2009 se habían creado las PASO para la definición de los candidatos a cargos electivos.

En tanto, el articulo 458, sobre el "financiamiento público", establece que "el Estado contribuye al normal funcionamiento de los partidos políticos reconocidos en las condiciones establecidas en esta ley" y que "con tales aportes los partidos políticos podrán realizar" las actividades de "desenvolvimiento institucional; capacitación y formación política y campañas electorales generales".

Por otro lado, el artículo 459 postula que "la ley de presupuesto general de la administración nacional para el año en que deban desarrollarse elecciones nacionales debe determinar el monto a distribuir en concepto de aporte extraordinario para campañas electorales".

Así, "para los años en que deban realizarse elecciones presidenciales, la ley de presupuesto general de la administración nacional debe prever cuatro (4) partidas diferenciadas: una para la elección de presidente, y el financiamiento de la segunda vuelta electoral, la segunda para la elección de parlamentarios del Mercosur, la tercera para la elección de senadores nacionales y la cuarta para la elección de diputados nacionales".

Asimismo, "para los años en que sólo se realizan elecciones legislativas la ley de presupuesto general de la administración nacional debe prever las dos (2) últimas partidas".

Ese último artículo sustituye el artículo 34 de la Ley N° 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos, que incluía el financiamiento para las PASO.

Además, el artículo 460, que sustituye el artículo 36 de la mencionada ley, establece que "los fondos correspondientes al aporte para la campaña electoral se distribuirán, para las elecciones presidenciales, en un un cincuenta por ciento (50 %) del monto asignado por el presupuesto en forma igualitaria entre las listas presentadas".

También "un 50% del monto asignado por el presupuesto se distribuirá entre los veinticuatro (24) distritos, en proporción al total de electores correspondiente a cada uno".

Así, "efectuada tal operación, se distribuirá a cada agrupación política en forma proporcional a la cantidad de votos que el partido hubiera obtenido en la elección general anterior para la misma categoría".

Además, "las agrupaciones políticas que participen en la segunda vuelta recibirán como aportes para la campaña una suma equivalente al treinta por ciento (30%) del mayor aporte de campaña para la primera vuelta".

Para las elecciones de diputados, la nueva legislación establece que "el total de los aportes se distribuirá, primero, entre los veinticuatro (24) distritos en proporción al total de electores correspondiente a cada uno, y luego, entre las circunscripciones elaboradas por el Poder Ejecutivo; el cincuenta por ciento (50 %) del monto resultante se distribuirá en forma igualitaria entre las listas presentadas y el restante 50% se distribuirá a cada partido político, confederación o alianza en forma proporcional a la cantidad de votos que el partido hubiera obtenido en la elección general anterior para la misma categoría".

Para elegir senadores, "el total de los aportes se distribuirá entre los ocho (8) distritos en proporción al total de electores correspondiente a cada uno", y "efectuada dicha operación, el 50% del monto resultante para cada distrito se distribuirá en forma igualitaria entre las listas presentadas y el restante 50% se distribuirá a cada partido político, confederación o alianza en forma proporcional a la cantidad de votos que hubiera obtenido en la elección general anterior para la misma categoría".

Para el Mercosur, a la vez, se harán los aportes "de acuerdo a lo establecido para el caso de la elección de presidente y vicepresidente" para los parlamentarios por distrito nacional, mientras que para los parlamentarios por distritos regionales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se hará "de acuerdo a lo establecido para el caso de la elección de diputados nacionales".

En otro orden de cosas, el artículo 465 establece que "las listas de candidatos/as que se presenten para la elección de senadores/as nacionales, diputados/as nacionales y parlamentarios/as del Mercosur deben integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente".

Sobre la difusión de actos de campaña, el artículo 467 prohíbe "durante los veinticinco (25) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio".

Esa norma reemplaza al artículo 64 quáter de la Ley N° 19.945, del Código Electoral Nacional, que fijaba esa prohibición "antes de los treinta y cinco (35) días previos" a los comicios.

Por último, el artículo 468 fija que la Cámara Nacional Electoral "convocará a quienes estén obligados a participar del debate en los cinco (5) días hábiles posteriores a su proclamación como candidatos a fin de determinar su voluntad de participación en el debate fijado" por ley, reemplazando al artículo 64 septies de la Ley N° 19.945, que establecía sanciones para los postulantes que se rehusaran a participar.

Ganadora del Iplyc Inclusivo usará el premio para comprar una silla postural para su hija

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Ana María Krombauer, del barrio Tres Esquinas, de Oberá, es la ganadora 111 de IPLyC Social Inclusivo, el último del año. La joven es discapacitada y está al cuidado de su mamá, Mercedes, que se mostró emocionada y contenta por esta ayuda que recibieron desde este programa del IPLyC.

Comentó que, con el dinero del premio, comprará una silla postural para su hija, que no se moviliza por sí sola. “En caso que nos quede algo, vamos a guardar para los medicamentos ya que toma varios, y uno de ellos es muy caro”, dijo la mujer que, además, es madre de dos varones.

Dijo que fue su nuera quien se enteró de esta buena noticia a través de las redes sociales y que la llamó para comentarle. “Me quedé contenta porque es una ayuda para ella que tanto necesita”, agregó.

El proyecto de ley de Milei permite la reventa de entradas a espectáculos deportivos

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El proyecto de "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" enviado este miércoles al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional permite la reventa de entradas deportivas “sin límite de las veces que pueda realizarse dicha operación”.

El texto modifica la Ley 23.184 de Espectáculos Deportivos y modifica el artículo 48 que, además, establece que “el encargado de ventas de entradas no podrá imponer restricciones a dicha reventa”.

“En los casos de entradas nominativas el encargado de ventas de entradas deberá permitir la reventa a través de un mecanismo electrónico”, establece la normativa presentada este miércoles y que debe ser aprobada por el Parlamento.

Además, remarca que “para las ventas a través de dicho sistema las entidades deportivas podrán cobrar una comisión que no supere el 5% del precio acordado, pero no podrá limitar sus precios”.

Centurión se presentó a los chequeos médicos en Vélez

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El delantero Ricardo Centurión se presentó hoy para someterse a los chequeos médicos en Vélez Sarsfield, club dueño de su pase hasta diciembre del año que viene.

El futbolista, que está inactivo desde su salida de Barracas Central en julio pasado, llegó a las 13:30 al estadio José Amalfitani tras la citación que recibió por parte del nuevo director deportivo del club, Ricardo Álvarez.

Al tener contrato vigente con la institución, Centurión se someterá a los chequeos médicos y mañana podría sumarse a la pretemporada que comenzó hoy en la Villa Olímpica.

El ex Racing Club y Boca Juniors será evaluado por el nuevo entrenador Gustavo Quinteros, al igual que el resto de los 30 futbolistas que iniciaron los entrenamientos esta mañana en Parque Leloir, en el oeste del conurbano bonaerense.

Centurión disputó su último partido con Barracas Central el pasado 16 de abril y después fue separado del plantel por decisión del entrenador Sergio Rondina.

El pasado 1 de diciembre, el futbolista, de 30 años, reapareció públicamente por un episodio policial en el barrio porteño de Villa Soldati donde dio positivo en un control de estupefacientes.

El plantel de Vélez trabajará mañana nuevamente en la Villa Olímpica por la mañana, el viernes lo hará en doble turno y retomará la actividad el martes 2 de enero.

A la espera de Quinteros, el plantel está bajo las órdenes de Juan José Grieco, Ivo Paciello y Federico Pelliccioni.

 

La modalidad domiciliaria y hospitalaria benefició a más de 4 mil estudiantes misioneros en el 2023

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Misiones celebra un logro destacado en su sólido compromiso con la educación, al haber proporcionado atención a 4,035 estudiantes de todos los niveles a través de la ejecución de la Modalidad Domiciliaria y Hospitalaria durante el año 2023.

La Educación Domiciliaria y Hospitalaria, definida como "la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar el derecho a la educación de los/as alumnos/as que, por razones de salud, se ven imposibilitados/as de asistir con regularidad a una institución educativa en los niveles de la educación obligatoria" (Art. 60° Ley de Educación Nacional), ha demostrado ser un pilar fundamental para la igualdad de oportunidades en la provincia.

El objetivo central de esta modalidad es asegurar la continuidad de los estudios y resguardar las trayectorias escolares, y durante el año 2023, Misiones ha superado las expectativas al brindar atención educativa a 4,035 alumnos de todos los niveles y modalidades.

El Lic. Andrés J.A. Rehe, Coordinador de la Modalidad Domiciliaria y Hospitalaria, destacó el éxito de este logro, señalando que 10 escuelas, 4 servicios domiciliarios y un aula satélite están actualmente en funcionamiento para garantizar que ningún estudiante se quede sin acceso a la educación debido a desafíos de salud.

Este logro resalta el compromiso inflexible de Misiones con la equidad educativa, asegurando que cada estudiante tenga la oportunidad de aprender y crecer, independientemente de las circunstancias de salud. La provincia reafirma su posición como líder en la promoción de la educación inclusiva y sigue marcando el camino hacia un futuro más brillante para todos sus ciudadanos.

La modalidad domiciliaria y hospitalaria beneficio a mas de 4 mil estudiantes misioneros en el 2023 2 - 1

Qué empresas podrían ser privatizadas si se aprueba la Ley de ómnibus

Aerolíneas Argentinas, YPF, Correo Argentino y AySA, son algunas de las 41 empresas públicas que el Poder Ejecutivo planea que pasen a manos de privados.

El Gobierno envió este miércoles al Congreso de la Nación la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” donde, entre sus 664 artículos, propone la privatización de 41 empresas estatales.

En el listado de empresas del Estado que podrían pasar a manos privadas se encuentran Aerolíneas Argentinas, AySA, YPF, el Banco Nación y Ferrocarriles Argentinos, la empresa estatal con mayor cantidad de personal con más de 30 mil empleados.

También figuran empresas emblemáticas como el Correo Argentino, Fabricaciones Militares, los Puertos, la agencia de noticias Télam y Radio y Televisión del Estado.

Algunas de las compañías que forman parte del listado, como Aerolíneas y AySA, ya constituyen sociedades anónimas, lo que facilitará su proceso de privatización.

El anexo donde se encuentran las empresas sujetas a privatizar se inicia con la Administración General de Puertos y sigue con Aerolíneas Argentinas, la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales, Agua y Saneamiento, Banco Nación de la Argentina, Banco de Inversión y Comercio Exterior, Casa de la Moneda, Contenidos Públicos, Corredores Viales y el Correo Oficial de la República Argentina.

También forman parte del listado Construcción de Viviendas para la Armada Argentina, Dioxitex, Educ.ar, Empresa Argentina de Navegación Aérea, Energía Argentina, Fábrica Argentina de Aviones “Brig. San Martín” S.A. Fabricaciones Militares S.E. Ferrocarriles Argentinos e Innovaciones Tecnológicas Agropecuarias.

Intercargo, Nación Bursátil, Pellegrini, Nación Reaseguros, Nación Seguros de Retiro, Nación Servicios, Nucleoeléctrica Argentina, Playas Ferroviarias de Buenos Aires, Polo Tecnológico Constituyentes S.A. Radio de la Universidad Nacional del Litoral y Radio y Televisión Argentina.

Servicio de Radio y Televisión de la Universidad de Córdoba, Talleres Navales Dársena Norte, Telam, Desarrollo del Capital Humano Ferroviario, Belgrano Cargas y Logística, Administración de Infraestructuras Ferroviarias, Operadora Ferroviaria, Vehículo Espacial Nueva Generación, Yacimientos Carboníferos Fiscales, Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD) e YPF.

Una mujer dió a luz en la comisaria de Dos Hermanas

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Durante esta madrugada, una embarazada residente en la zona rural del paraje Puente Alto de la localidad de Bernardo de Irigoyen, llegó con su esposo a la guardia de la Comisaría de Dos Hermanas, manifestando encontrarse con trabajos de parto y que no llegarían al hospital. Por lo que inmediatamente una suboficial de guardia la tranquilizó y ayudó a dar a luz a su beba en la dependencia.

La emotiva intervención ocurrió cerca de las una de esta madrugada, cuando la pareja llegó a la dependencia solicitando el auxilio de los uniformados. La madre, de 39 años, contó que estaba cursando el noveno mes de embarazo, y que ya estaba por nacer su bebé. Ante la situación de emergencia, y en razón de que el hospital zonal se halla a varios kilómetros, la Cabo Tatiana De Camargo le dio la tranquilidad y contención necesaria, a la vez que llamó a una ambulancia.

En ese momento, la mujer Policía denoto que la gestante ya estaba dando a luz, así que con profesionalismo la asistió en el proceso, recibiendo en sus propias manos a la bebé que nació sin ninguna complicación, lo destacaron luego los médicos del hospital.

Posteriormente, una unidad sanitaria acudió al lugar y con la intervención del personal de salud, la madre y su hija fueron llevadas hasta el nosocomio local donde recibieron toda la atención médica. Según informaron desde el centro de salud, "Aylin" que pesó 2,700 Kg, y su mamá permanecen en óptimo estado realizándose los chequeos correspondientes.

Por su parte, la Cabo Tatiana expresó que en sus 7 años de servicio, nunca le tocó intervenir en un hecho como este; "fueron muchas las experiencias por las que pasé en estos años de servicio, pero nunca me tocó vivir algo así. Lo más emocionante fue el momento en el que escuché llorar a la pequeña, ahí es cuando supe que hice bien mi trabajo".

 

Rechazaron la cautelar de la CGT porque el DNU todavía no entró en vigencia

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La demanda de inconstitucionalidad presentada por la central obrera fue desestimada por el juez nacional de Trabajo, Ignacio Ramonet, al considerar que el Decreto de Necesidad y Urgencia cuestionado todavía no se aplicó.

El juez nacional del Trabajo, Ignacio Ramonet, desestimó el dictado de una medida cautelar "interina" para suspender la vigencia de artículos vinculados a la reforma laboral incorporada en el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 de desregulación de la economía, ya que "todavía no se encuentra vigente", según argumentó.

Además, el magistrado resolvió asumir la competencia para tramitar una demanda de inconstitucionalidad presentada por la CGT y le dio tres días al Gobierno Nacional para responder, según la resolución.

La medida judicial se conoció mientras la CGT, junto a otras organizaciones sociales y sindicales, realizaba una masiva concentración en Plaza Lavalle, frente al palacio de Tribunales.

El juez Ramonet rechazó dictar una medida cautelar para suspender los artículos del decreto vinculados al trabajo, contenidos en el capítulo IV de la norma, porque "todavía no se encuentra vigente (conforme art.5 CCC)".

"No encuentro que se den razones "graves y objetivamente impostergables" (conf. Art.4 inc. 1ro. Párrafo 3), que habiliten el dictado de una medida cautelar "interina", considerando para ello que la norma todavía no entró en vigencia", fundamentó el magistrado.

También aclaró que, en caso de entrar en vigencia, lo dispuesto en el decreto en materia laboral "solo afectaría a las situaciones que regula a partir de su vigencia, pudiendo, además, ser motivo de cuestionamiento en los procesos individuales que puedan suscitarse con motivo de su aplicación".

"Es cierto que, de entrar en vigencia, habría derechos colectivos afectados -como por ejemplo lo relativo a la regulación de las medidas de acción directa-, pero ello debería ser necesariamente cuestionado ante la existencia misma de un conflicto de estas características que, al menos en la demanda, no se especifica", agregó además.

El magistrado aclaró que "lo expuesto no significa sentar posición acerca de la validez constitucional del decreto cuestionado en general, y de las regulaciones laborales que contiene en particular, sino solamente sostener que, a criterio del suscripto, no se dan las condiciones para el dictado de una medida como la solicitada con carácter interino"

En la misma resolución corrió traslado de la demanda de la CGT al Poder Ejecutivo Nacional-Jefatura de Gabinete de Ministros y le dio tres días para producir el informe precautelar previsto en el artículo 4 de la ley 26854 "dando cuenta del interés público comprometido en la solicitud, informe que deberá responder en el plazo otorgado bajo apercibimiento de resolver -previa vista al Fiscal- con las constancias de la causa".

Qué sucederá durante la feria judicial

"Dada la proximidad de la Feria Judicial -que el Suscripto no puede habilitar, debiendo hacerlo las autoridades de Feria-,", el juez hizo saber que si esto ocurre serán estas últimas quienes deberán "disponer el trámite que corresponda seguir en función de lo aquí dispuesto".

Las autoridades de feria del fuero laboral serán durante enero la jueza Silvia Garzini (del 1 al 15), su colega Lucrecia Pedrini (del 16 al 22) y Liliana Rodríguez Fernández (del 23 al 31).

Los suplentes serán el juez Héctor Karpiuk en la primera quincena de enero y Carlos Nagata en la segunda.

Ramonet remarcó también que "dada la enorme trascendencia y afectación de distintos derechos que el DNU 70/23 traería aparejado, y toda vez que, hasta el momento del dictado de la presente resolución, no se vislumbra que pueda constituirse la Comisión Bicameral, y que, además, el plazo constitucional para que el jefe de gabinete eleve a consideración dicha Comisión es de 10 días (art. 99, inc. 3CN), mientras que la entrada en vigencia de la norma cuestionada sería a los 8 días de su publicación, resulta obvia la necesidad de que sea tratada en forma rápida".

La CGT reclamó que "se declare la inconstitucionalidad del Título IV del DNU 70/23 y, como medida cautelar, se suspenda la aplicación del mismo".

Amparos en el fuero laboral: se sumó la CTA

Al amparo de la CGT se sumó otro presentado por la CTA en el fuero del Trabajo por estar vinculados a los aspectos laborales del DNU.

En otro fuero, el Contencioso Administrativo Federal, tramita por otro lado una decena de amparos que plantean la inconstitucionalidad completa del DNU iniciados por organizaciones civiles, gremiales, abogados constitucionalistas y particulares

En todos los casos se reclaman medidas cautelares para suspenderlo, hasta que se dicte sentencia de fondo.

La presentación de la CGT recayó en el juzgado 69 del fuero laboral, a cargo de Ramonet mientras que la de la CTA en el 60, de la magistrada Alicia Pucciarelli,

Los artículos del DNU 70 agrupados en el "Título IV-Trabajo" "constituyen una verdadera reforma laboral regresiva para los trabajadores", sostuvo la CTA en un comunicado.

La CTA reclamó que se dicte una medida cautelar de "no innovar" para suspender su aplicación hasta que haya sentencia de fondo en el planteo de inconstitucionalidad y "nulidad absoluta e insanable" del Decreto por resultar "violatorio de la Constitución Nacional"

"El DNU en crisis declara la emergencia social -entre otras materias- aun cuando no se encuentran configuradas en modo alguno las condiciones exigidas por inveterada jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", advirtió en el amparo de la CTA de 165 carillas, su titular Hugo Yasky.

También sostuvo que "la situación económica descripta en los considerandos del DNU 70/2023 no torna “imposible” seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes”, tal como queda acreditado con la convocatoria a sesiones extraordinarias mediante el Decreto 76/2023 de fecha 22.12.2023"

En tanto, en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, un fiscal determinó este miércoles que el juez del fuero Esteban Furnari es competente para tramitar la presentación de la "Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad" y otros.

El fiscal ante esa instancia, Miguel Angel Gilligan se notificó de la competencia asumida por Furnari, quien declaró admisible la acción colectiva, con lo cual se dio inicio al trámite del amparo.

Nación evalúa el pago de un bono de $55 mil para jubilados y pensionados

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El Gobierno evalúa otorgar un bono de hasta $55.000 para jubilados y pensionados durante enero, con el fin de mitigar el impacto de la inflación en ese sector social.

Se trata de una "ayuda económica previsional" que impulsa el Ministerio de Capital Humano y que se formalizaría en las próximas horas a través de un decreto.

La iniciativa, que aún no fue firmada por el presidente Javier Milei, se toma en función de "la grave situación socioeconómica que atraviesa nuestro país, que ha ocasionado, entre otras cuestiones, un alza acelerada del índice de precios, con especial incidencia en los adultos mayores de menores ingresos, para quienes es necesario acudir a su sostenimiento".

Según el proyecto que elaboró esa cartera, el bono alcanzará a:

Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSeS, otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05.

Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.

Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSeS.

En cuanto a los montos a percibir, para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $105.712,61, la ayuda económica previsional será equivalente a $55.000.

Para aquellos que ganen más de esa cifra, la ayuda económica previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope $160.712,61.

Además, el Gobierno dispondría que, en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, éstos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la ayuda económica previsional.

El bono no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto, según el proyecto.

El Ministerio de Capital Humano y la ANSeS quedarán facultados para dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del decreto, como así también para la administración, otorgamiento, pago, control, supervisión y recupero de percepciones indebidas de la ayuda económica previsional.

Por su parte, la Jefatura de Gabinete realizará las adecuaciones presupuestarias correspondientes para efectivizar el pago, de acuerdo con la iniciativa.