jueves, abril 18, 2024

Disponen licencias preventivas para los docentes por el coronavirus

En el marco de la pandemia de coronavirus desatada en el mundo y en la Argentina, el Ministerio de Educación dispuso otorgar licencia preventiva de 14 días corridos con goce de sueldo a los docentes y personal no docente de todos los niveles y modalidades de la educación obligatoria y en las instituciones de la educación superior.

La resolución que lleva la firma de ministro Nicolás Trotta, dispone que deberán entrar en la licencia preventiva las personas alcanzadas por el Artículo 7° del decreto 260 del 12 de marzo, que estableció el aislamiento obligatorio por 14 días de las personas afectadas y de las que encuadren en la condición de “casos sospechosos” y sus “contactos estrechos”, en estas últimas dos situaciones hasta tanto se confirme o descarte el diagnóstico.

Por otra parte, la autoridad educativa también insta a que darle licencia a los docentes y personal no docente que esté comprendido en alguno de los grupos de riesgo establecidos por el Ministerio de Salud, que son los mayores de 60 años, las embarazadas, enfermos cardíacos, inmunodeprimidos, enfermos respiratorios, pacientes oncológicos y diabéticos, entre otros.

Respecto a la situación actual, el Ministerio de Educación afirma que las actuales indicaciones de licenciamiento son dinámicas y podrán ser modificadas según la variación del contexto epidemiológico.

Además, dispone que todas las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, en caso de suspender las clases en situaciones de casos confirmados y sospechosos, entre otros aspectos, deberán propiciar el cumplimiento efectivo autoaislamiento voluntario de los integrantes de la comunidad educativa local, permaneciendo en sus domicilios y restringiendo al máximo posible la circulación por el espacio público y la presencia en aglomeraciones o concentraciones de personas.

Por último, el Ministerio de Educación indica que mientras dure la emergencia sanitaria, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán remitir 2informes diarios al Consejo Federal de Educación: el primero hasta las 8:00 horas y el segundo hasta las 17:00 horas. Estos relevamientos deberán dar cuenta de la situación de la jurisdicción y especialmente la cantidad de establecimientos educativos o unidades académicas con suspensión de actividades, fecha de reinicio de las mismas, cantidad de estudiantes y personal docente, no docente, auxiliar y personal directivo alcanzado por la medida.

En cuanto al panorama, el ministro de Educación, Nicolás Trotta sostuvo que “si los especialistas nos dicen que suspendamos las clases, lo haremos inmediatamente”. “Yo ejecuto las recomendaciones de las principales autoridades epidemiológicas”, explicó el ministro.

Fuente: ámbito

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