miércoles, junio 10, 2026

Nación habilitó la instalación de free shops en pasos de frontera terrestres

El Gobierno nacional reglamentó la creación de un régimen para la instalación de tiendas libres de impuestos (free shops) en pasos fronterizos terrestres de todo el país. La medida fue oficializada mediante el Decreto 438/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, y apunta a fortalecer la actividad comercial y turística en las zonas limítrofes.

La normativa incorpora al ordenamiento jurídico argentino una resolución aprobada por el Mercosur en 2018, que estableció un marco común para el funcionamiento de estos comercios en los países miembros. Desde el Poder Ejecutivo sostuvieron que la iniciativa permitirá mejorar la competitividad de las ciudades fronterizas, promover el desarrollo económico regional y generar empleo formal.

A partir de ahora podrán habilitarse locales destinados a la venta minorista de productos nacionales e importados libres de impuestos para viajeros que ingresen o egresen del país por vía terrestre. Sin embargo, las compras deberán realizarse sin fines comerciales y continuarán sujetas a las franquicias, límites de valor y controles establecidos por el régimen aduanero vigente.

El decreto establece que los free shops solo podrán operar en pasos fronterizos habilitados o en espacios especialmente autorizados por ARCA, organismo que también tendrá a su cargo la supervisión del sistema. Además, cada establecimiento deberá contar con autorización comercial previa del Ministerio de Economía y la correspondiente habilitación aduanera.

Desde la Casa Rosada señalaron que el comercio competitivo constituye una herramienta clave para el desarrollo económico y destacaron que la medida permitirá equiparar las condiciones existentes en otros países del Mercosur. También remarcaron que la intensa circulación de turistas en las zonas de frontera justifica la implementación de mecanismos que favorezcan el comercio local y regional.

La reglamentación incluye restricciones sobre determinados productos que no podrán comercializarse bajo este régimen. Entre ellos figuran vehículos y repuestos, combustibles, animales vivos, plantas, armas, maquinaria, materiales de construcción y productos de la canasta básica. También quedan excluidos los cigarrillos y productos de tabaco, mientras que el Ministerio de Economía podrá ampliar el listado de prohibiciones según criterios de política comercial o fiscal.

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